

Actividades Vulnerables
En el desarrollo de actividades económicas de las personas, pueden existir operaciones que deben considerarse como Actividades Vulnerables, conforme a cada una de las fracciones que componen al Artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
Consulta información general
Quienes realicen Actividades Vulnerables, tienen obligaciones conforme a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), entre ellas; darse de alta en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD) y presentación de avisos o informes.
Fracción I
La práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos que realicen organismos descentralizados.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: 325 UMA.
Umbral de aviso: 645 UMA.
Fracción II
La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas que no provengan de entidades financieras. Estas comprenden: tarjetas de servicios, de crédito, prepagadas y todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Tarjetas de servicios
o crédito
Umbral de identificación:
805 UMA.
Umbral de aviso:
1,285 UMA.
Tarjetas prepagadas,
vales o cupones
Umbral de identificación:
645 UMA.
Umbral de aviso:
645 UMA.
Monederos y certificados
de devoluciones
o recompensas
Umbral de identificación:
645 UMA.
Umbral de aviso:
645 UMA.
Fracción III
La emisión y comercialización habitual o profesional de cheques de viajero.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: Siempre.
Umbral de aviso: 645 UMA.
Fracción IV
El ofrecimiento habitual o profesional, por parte de sujetos distintos a las entidades financieras, de operaciones de mutuo o de garantía, de otorgamiento de préstamos o créditos, con o sin garantía.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: Siempre.
Umbral de aviso: 1,605 UMA.
Fracción V
La prestación habitual o profesional de servicios de construcción, de desarrollo de bienes inmuebles, de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Desarrollo inmobiliario
Umbral de identificación: Siempre.
Umbral de aviso:
8,025 UMA.
Transmisión de derechos sobre bienes inmuebles
Umbral de identificación: Siempre.
Umbral de aviso:
8,025 UMA.
Fracción VI
La comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: 805 UMA.
Umbral de aviso: 1,605 UMA.
Fracción VII
La subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: 2,410 UMA.
Umbral de aviso: 4,815 UMA.
Fracción VIII
La comercialización o distribución habitual o profesional de vehículos.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: 3,210 UMA.
Umbral de aviso: 6,420 UMA.
Fracción IX
La prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos terrestres e inmuebles.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: 2,410 UMA.
Umbral de aviso: 4,815 UMA.
Fracción X
La prestación habitual o profesional de servicios de traslado, custodia de dinero o valores.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: Siempre.
Umbral de aviso: 3,210 UMA.
Fracción XI
La prestación de servicios profesionales de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente.
Umbral de identificación: Siempre.
Umbral de aviso: Cuando en nombre y representación de un cliente, realice alguna operación financiera.
Fracción XII
La prestación de servicios de fe pública.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
A. Tratándose de los notarios públicos:
B. Tratándose de los corredores públicos:
C. Tratándose de servidores públicos con facultad de dar fe pública:
No obstante, la UIF en el Sistema del Portal en Internet (SPPLD), apartado Actividades Vulnerables, subapartado
Fe Pública (Servidores Públicos), considera lo siguiente:
Informe en ceros
Aviso
Fracción XIII
La recepción de donativos por parte de asociaciones y sociedades sin fines de lucro.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: 1,605 UMA.
Umbral de aviso: 3,210 UMA.
Fracción XIV
La prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
La presentación de avisos se realiza mediante el sistema electrónico por el cual se transmita la información del pedimento al SAT.
Fracción XV
La constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: 1,605 UMA.
Umbral de aviso: 3,210 UMA.
Fracción XVI
El ofrecimiento, habitual y profesional, de intercambio de activos virtuales por parte de sujetos distintos a las entidades financieras.
Folleto de orientación y
listado de obligaciones
Umbral de identificación: Siempre.
Umbral de aviso: 645 UMA.
Internacional
Nacional
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Legislación secundaria
Documentos