Portal privado y personalizado del contribuyente (solo visualiza los contenidos que corresponden a su régimen fiscal).
Reducción de tiempo en trámites que se realizaban de forma presencial.
Certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT así como en las operaciones que se realicen.
Notificar, vía electrónica, en cualquier momento y en cualquier lugar siempre que se tenga conexión a internet.
Generar oportunidades para una pronta autocorrección.
Conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal.
Proporcionar información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
En algunos trámites, el diseño es adaptable a dispositivos móviles, se pueden administrar contenidos favoritos y se tiene acceso a “Mis Expedientes”, entre otras funcionalidades.
Habilita tu Buzón Tributario
Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad. Es tu obligación. Evita multas por infracciones establecidas en las disposiciones fiscales, dalo de alta aquí.
Actualiza tus medios de contacto
Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrado los dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, hazlo a la brevedad, evita sanciones y multas, da clic aquí para actualizar tus medios de contacto.
Si ya registraste y confirmaste ambos mecanismos de comunicación y están actualizados, gracias por cumplir.