Qué es
El Buzón
Tributario
Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del Buzón los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.
> Beneficios
Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales
Portal privado y personalizado del contribuyente
Reducción de tiempo en trámites
Certeza jurídica a los actos y resoluciones
Quiénes
deben
habilitarlo
Todos los contribuyentes inscritos en el RFC a excepción de:
Estas facilidades no son aplicables, si se trata de:
Asimismo, para los efectos de los artículos 17-K tercer párrafo y 86-C del CFF, los contribuyentes comprendidos en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR a que se refiere el artículo 94 de dicha ley, que hayan obtenido ingresos mensuales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) en el ejercicio inmediato anterior, pueden optar por no habilitar el Buzón Tributario.
Los contribuyentes personas físicas que se inscriban en el RFC, reanuden actividades o actualicen sus actividades económicas y obligaciones en el RFC para tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, tienen como fecha límite el 31 de diciembre de 2024.
> Actualización de medios de contacto
Los contribuyentes que al momento de habilitar su Buzón Tributario solo hayan señalado como medio de contacto una dirección de correo electrónico o un número de teléfono celular, deben ingresar al apartado “Actualiza tus medios de contacto” para registrar y confirmar el que les haga falta.
*Fundamento legal: Artículos 17-K párrafo tercero, 17-H Bis y 86-C, del Código Fiscal de la Federación; regla 2.2.7 y ficha de trámite 245/CFF.
Teléfono celular
Correo electrónico
Habilita tu Buzón Tributario
Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad. Es tu obligación. Evita multas por infracciones establecidas en las disposiciones fiscales, dalo de alta aquí.
Actualiza tus medios de contacto
Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrado los dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, hazlo a la brevedad, evita sanciones y multas, da clic aquí para actualizar tus medios de contacto.
Si ya registraste y confirmaste ambos mecanismos de comunicación y están actualizados, gracias por cumplir.