Devoluciones

Devoluciones automáticas

Para recibir tu devolución automática presenta tu Declaración Anual 2024 a más tardar el 31 de julio con:

Contraseña:

  • Si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos.
  • Si el monto es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos, siempre y cuando utilices tu cuenta CLABE precargada.

e.firma:

  • Si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y capturas una nueva cuenta CLABE.

Además, necesitas:

  • Confirmar tu cuenta CLABE precargada en el sistema, verificar que esté a tu nombre y siga activa.
  • Señalar la opción Devolución al presentar tu Declaración Anual 2024.
  • No haber presentado una solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Casos en que no aplica tu devolución automática:

  • Si tu saldo a favor es superior a 150 mil pesos.
  • Si obtuviste ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Si durante todo el ejercicio al que corresponde tu saldo a favor estuviste suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Si te encuentras como no localizado en tu domicilio fiscal registrado ante el SAT, salvo que te encuentres únicamente en sueldos y salarios.
  • Si tu solicitud de devolución no corresponde al ejercicio 2024.
  • Si presentas tu declaración con Contraseña cuando estás obligado a hacerlo con e.firma.
  • Presentes solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones, previo a la obtención del resultado de la declaración que hubieres ingresado a la facilidad administrativa.
  • No elijas la opción Devolución.
  • Presentes la declaración después del 31 de julio de 2025.
  • Si tienes revocados certificados de sellos o firmas digitales, o te encuentras en la relación de contribuyentes incumplidos publicada en el Portal del SAT, o solicitas la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por contribuyentes que se encuentren dentro del listado de incumplidos publicado en el Portal del SAT.

Si no recibes tu devolución

  • Cuando el saldo declarado no sea devuelto total o parcialmente, debes solventar las inconsistencias en el Portal del SAT.
  • Necesitas tu RFC y Contraseña para el acceso al Portal y e.firma para que se genere automáticamente tu solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Si solo te devolvieron una parte de tu saldo a favor

El saldo autorizado vía devolución automática puede ser parcial cuando exista diferencia en la información correspondiente a retenedores, gastos deducibles o estímulos.

Para solicitar la devolución del remanente de tu saldo a favor, ingresa al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña, completa el Formato Electrónico de Devoluciones y envíalo con tu e.firma. Si tienes inconsistencias, solvéntalas.


Importante:

Las declaraciones con saldo a favor que sean autorizadas a través de la devolución automática estarán sujetas a cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Compensación de oficio de los créditos fiscales firmes que tengas a cargo.
  • Inconsistencias en la CLABE detectadas por la TESOFE.
  • Revisión posterior por parte de la autoridad.