Pago a plazos
Para los contribuyentes que, como resultado de la presentación de la declaración anual se determine impuesto a pagar, tienen la opción de hacerlo hasta en seis parcialidades.
Esta medida es efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido (durante abril de 2025) y el pago de la primera parcialidad se haga dentro de dicho periodo, además, se debe tomar en cuenta lo siguiente:
Nota: La facilidad del pago hasta en seis parcialidades no le es aplicable a los contribuyentes que se encuentren dentro del RESICO, REFIPRES ni a los que hayan obtenido ingresos por enajenación de acciones en la bolsa de valores.