Padrón de Importadores

 

 

 

Padrón de Importadores / Reincorporación

Reincorporación


 

 

Quiénes lo presentan

Las personas físicas y morales interesadas en dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores.

 

Dónde se presenta

A través del Portal del SAT, accede aquí.

 

Requisitos

Documentación con la que acredite que se subsana(n) la(s) causal(es) por la(s) que fue suspendido del Padrón de Importadores.

Una vez ingresado el trámite, podrás aportar información o documentación adicional para que sea considerada antes de que se resuelva la solicitud de reinscripción a través de un caso de aclaración denominado REINCORPORACION_PGIYSE_, en un plazo no mayor a dos días contados a partir del registro de su solicitud.

 

Condiciones

  • Tratándose de personas físicas, éstas deben realizar actividades empresariales en términos del título II, capítulo VIII o título IV, capítulo II, secciones I y II de la Ley del ISR.

  • Si te encuentras suspendido en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.

  • Estar inscrito y activo en el RFC.
    Acceder

  • Contar con e.firma vigente.
    Valida la vigencia de tu e.firma

  • Estar al corriente en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.
    Acceder

  • El domicilio fiscal debe encontrarse como localizado en el RFC o en proceso de verificación.
    Acceder

  • El estatus del Buzón Tributario debe encontrarse como "Validado".
    Acceder

  • Registrar en el sistema como parte de tu trámite al agente aduanal, apoderada y apoderado aduanal o representante legal, que realizará tus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley.
    Acceder

  • No encontrarte en el listado de empresas publicadas por el SAT, en términos de los artículos 69 y 69-B cuarto párrafo del CFF, con excepción de la fracción VI, del referido artículo 69.
    No localizados

    Operaciones presuntamente inexistentes

    Incumplidos

 

Pasos a seguir para realizar el trámite

Manual del contri​buyente​​

 

Compromisos de servicio

Internet:

Horario: 24 horas, los 365 días del año.
Respuesta a solicitud: máximo 30 días naturales.

 

 

 

Atención personalizada:

MarcaSAT: 55 627 22 728 opción 7 seguida de la opción 3.
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.

Servicios que presta

  • Asesoría sobre requisitos y documentación soporte.


Mi Portal: A través de un caso de aclaración.
Horario: 24 horas, los 365 días del año.

Servicios que presta

  • Estatus de tus trámites.
  • Solicitud de verificación de domicilio fiscal, utilizando la etiqueta VERIF DOM_PGIYSE_EXS.


Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
Horario: De lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas y viernes de 8:30 a 15:00 horas, con cita.

Servicios que presta

  • Estatus de tus trámites.
  • Solicitud de verificación de domicilio fiscal.

 

 

 

 

Consulta el resultado de tu solicitud aquí.

 

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