Padrón de Importadores y Exportadores
Padrón de Importadores de sectores específicos / Reincorporación
Reincorporación
Quiénes lo presentan
Las personas físicas y morales interesadas en dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
Dónde se presenta
A través del Portal del SAT, accede aquí.
Requisitos
Documentación con la que acredite que se subsana(n) la(s) causal(es) por la(s) que fue suspendido del Padrón de Importadores de Sectores específicos.
Asimismo, presentar nuevamente todos los requisitos específicos conforme a lo establecido en la ficha "7/LA Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos o ambos o, en su caso, de un sector o sectores específicos de este último", y conforme a las guías de especificaciones para cada sector.
Podrás solicitar tu reinscripción a cualquiera de los sectores que se enlistan a continuación, cumpliendo con los requisitos correspondientes que señale el referido instructivo.
Una vez ingresado el trámite puedes aportar información o documentación adicional para que sea considerada antes de que se resuelva la solicitud de reinscripción a través de un caso de aclaración denominado REINCORPORACION_PGIYSE_, en un plazo no mayor a dos días, contados a partir del registro de tu solicitud.
Condiciones
Pasos a seguir para realizar el trámite
Compromisos de servicio
Internet:
Horario: 24 horas, los 365 días del año.
Respuesta a solicitud: máximo 30 días naturales.
Atención personalizada:
MarcaSAT: 55 627 22 728 opción 7 seguida de la opción 3.
Horario: De lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas.
Servicios que presta
Mi Portal: A través de un caso de aclaración.
Horario: 24 horas, los 365 días del año.
Servicios que presta
Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
Horario: De lunes a jueves de 08:30 a 16:00 horas, y viernes de 8:30 a 15:00 horas., con cita.
Servicios que presta
Preguntas frecuentes
1. Si me encuentro suspendido en uno o más sectores del Padrón de Importadores de Sectores Específicos, ¿puedo dejar sin efectos la inscripción en el sector o sectores?
Si te encuentras suspendido en uno o más sectores del Padrón de Importadores de Sectores Específicos, no puedes solicitar dejar sin efectos la inscripción en uno o más sectores. En caso de que te encuentres suspendido, puedes solicitar la reincorporación en alguno de estos, al cumplir con todos los requisitos y condiciones establecidas en la ficha de trámite 7/LA “Solicitud para dejar sin efectos la suspensión en el Padrón de Importadores, Padrón de Importadores de Sectores Específicos o ambos o, en su caso, de un sector o sectores específicos de este último” del Anexo 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022. Una vez reincorporado al sector o sectores, puedes solicitar la disminución o dejar sin efectos la inscripción al cumplir lo previsto en la Ficha de trámite 6/LA “Solicitud de aumento o disminución de sector(es) en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos” del Anexo mencionado.