C. Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario)

Pueden pagar sus impuestos en este régimen

Las personas físicas y morales que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, siempre que sus ingresos por dichas actividades representen cuando menos 90% de sus ingresos totales.

Sector primario