En confianza,
¡es más fácil!
¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza?
Personas físicas
El Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos. Esta propuesta del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se basa en las mejores prácticas internacionales.
La propuesta está orientada a contribuyentes personas físicas que perciben ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica, pertenecientes a alguno de los cuatro regímenes fiscales que conforman el Régimen Simplificado de Confianza:
Con este Régimen se beneficia al 82 por ciento de los contribuyentes personas físicas.
Es importante acotar que los trabajadores asalariados no participarán de este régimen sino que se mantendrán bajo el Régimen de Sueldos y Salarios.
A partir de 2022, las personas que se encuentren en este nuevo esquema estarán obligados a pagar entre el 1 y el 2.5 % de sus ingresos. Debido a estas pequeñas tasas de pago de ISR, los contribuyentes no podrán deducir ningún tipo de gasto. Esto en razón de que, aun existiendo las posibilidades de deducción, la tasa efectiva del impuesto sobre la renta (ISR) a personas físicas fue de 25.4% durante 2020, lo cual representa diez veces más que la tasa máxima del Régimen Simplificado de Confianza.
El nuevo Régimen Simplificado de Confianza utilizará como base los ingresos facturados y cobrados, lo que permitirá disminuir la labor contable del contribuyente sin que requiera el apoyo de terceras personas. El SAT como anualmente lo realiza, hará los cálculos y ofrecerá la declaración anual precargada que estará prácticamente lista, solamente para ser cotejada y pagar.
Personas morales
En el Régimen Simplificado de Confianza estarán las personas morales constituidas únicamente por personas físicas que no estén asociados a otras personas morales, cuyos ingresos totales en el año no excedan de 35 millones de pesos, entre otros requisitos establecidos.
De acuerdo con censos económicos e información de los padrones del SAT, existen más de 2 millones de personas morales quienes se constituyen como micro, pequeñas y medianas empresas que promueven la activación económica e impulsan la competitividad.
¿Cómo será la simplificación administrativa?
Se precargará la información sobre los ingresos y gastos en las declaraciones para una sencilla determinación de los impuestos.
¿Cuáles son los beneficios?
Este nuevo régimen tiene el objetivo de otorgar mayor liquidez a estas personas morales. Es decir, pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos.
¿Cómo se obtiene esta liquidez?
Por dos vías:
Entró en vigor el 1 de enero de 2022.
¿Quiénes pueden tributar?
Personas físicas
Si eres persona física cuyos ingresos anuales no rebasan los 3.5 millones de pesos y realizas las siguientes actividades:
Adicionalmente podrán obtener ingresos por salarios e intereses, siempre que la totalidad de los ingresos no supere el monto de los 3.5 millones de pesos al año.
Nota: Si te encuentras en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y quieres continuar en el mismo, deberás presentar tu Aviso de actualización de obligaciones y actividades económicas a más tardar el 31 de enero de 2022 con el objetivo de continuar en este régimen. Si no lo presentas, a partir del 1 de febrero pertenecerás al Régimen Simplificado de Confianza.
Para mayor información consulta la Guía de Aviso de opción Régimen de Incorporación Fiscal.
Personas morales
Si eres una empresa que se encuentra inscrita bajo el Régimen General, que presentas la declaración anual de ISR, así como declaraciones provisionales mensuales y reporta los ingresos y gastos facturados en cada periodo deberás tributar en el Régimen Simplificado de Confianza.
Toma en cuenta que si eres persona moral debes residir en México y estar constituida únicamente por personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no excedan la cantidad de 35 millones de pesos, o bien, ser persona moral residente en México, únicamente constituida por personas físicas cuando inicies operaciones y estimes que tus ingresos no excederán dicha cantidad.
Nota: El Régimen Simplificado de Confianza no es compatible con algún otro régimen fiscal para personas morales.
¿Quiénes no pueden tributar?
Personas físicas
Cuando eres socio, accionista o integrante de personas morales o cuando estas sean partes relacionadas, excepto cuando:
Personas morales
¿Cómo sé en qué régimen estoy actualmente?
Personas físicas
Ingresar aquí con tu e.firma, también conocida como firma electrónica o con tu Contraseña.
Ahí revisa tu Constancia de Situación Fiscal y verifica en la sección Régimen, a cuál perteneces. Si no cuentas con tu Contraseña, ingresa a www.satid.sat.gob.mx para obtenerla o renovarla.
Personas morales
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