Consulta los permisos de la Comisión Reguladora de Energía


Para los efectos del artículo 27, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se puede consultar la información relativa al estatus de los permisos expedidos en los términos de la Ley de Hidrocarburos en el Registro Público del Órgano de Gobierno disponible en el siguiente enlace: https://www.cre.gob.mx/Permisos/index.html.1

Se considera que el permiso expedido en los términos de la Ley de Hidrocarburos al proveedor del combustible está vigente cuando de conformidad con la clasificación considerada en el Registro Público del Órgano de Gobierno, el permiso de que se trate aparezca con el estado Operando.

Se considera que el permiso expedido en los términos de la Ley de Hidrocarburos al proveedor del combustible está suspendido en términos del artículo 59 Bis de la Ley de Hidrocarburos cuando de conformidad con la clasificación considerada en el Registro Público del Órgano de Gobierno, el permiso de que se trate aparezca con cualquiera de los siguientes estados:


  • Terminado
  • Terminado anticipadamente
  • Caducado
  • Revocado

1   (dicho enlace corresponde a la página de Registro Público del Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía, en la cual los contribuyentes pueden consultar los permisos emitidos por dicha Comisión).