Facultades de comprobación


Si eres una Donataria Autorizada sujeta al ejercicio de facultades de comprobación por parte de la Administración General Jurídica, deberás atender los requerimientos de información que realice la autoridad a través de Buzón Tributario.


Quiénes lo presentan

Las Donatarias Autorizadas u organizaciones que hayan contado con dicha autorización, así como los terceros relacionados con ellos, a quienes la autoridad fiscal les haya iniciado facultades de comprobación por medio de una revisión de gabinete.


Cuándo se presenta

Dentro del plazo legal otorgado por la autoridad fiscal, dentro del oficio de requerimiento de información u oficio de observaciones.
Fundamento Legal: artículos 38, 42, 48 y 53 del CFF.


Dónde se presentan

Desde el Portal del SAT, accede aquí.