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Obligaciones de los proveedores



Obligaciones que tienen las empresas que fungen como Proveedores Autorizados de Certificación.


Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Mantener un capital social suscrito y pagado de por lo menos diez millones de pesos durante el tiempo en el que la autorización se encuentre vigente.

Contar con la garantía a fin de garantizar el pago de cualquier daño o perjuicio que, por impericia o incumplimiento de la normatividad establecida y la que se dé a conocer a través de este Portal.

Permitir y facilitar la realización de actos de verificación y de supervisión por parte del SAT y de los terceros que habilite la autoridad fiscal, de manera física o remota.

Cumplir en términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con la reserva y la confidencialidad de la información contenida en los CFDI.

Permitir que el SAT aplique en cualquier momento evaluaciones de confiabilidad al personal del proveedor de certificación de CFDI, relacionado con la certificación de CFDI.

Validar y certificar de manera gratuita los CFDI que generen los contribuyentes a partir de la aplicación gratuita a disposición del público en general.

Devolver a los contribuyentes el CFDI validado conforme a lo que establecen los artículos 29, 29 Bis y 29-A del CFF, con folio asignado y con el sello digital del SAT, emitido para dicho efecto.

Enviar al SAT los CFDI, al momento en que realicen su certificación, con las características y especificaciones técnicas que le proporcione el SAT.

Tener en todo momento a disposición del SAT o de los terceros habilitados por éste, el acceso a las bases de datos de los CFDI que hayan certificado en los últimos tres meses.

Proporcionar a los contribuyentes emisores, una herramienta para consultar el detalle de sus CFDI certificados.

Administrar, controlar y resguardar a través de su sistema certificador de CFDI, los CSD que les proporcione el SAT para realizar su función.

Comunicar a sus clientes en caso de que suspendan temporalmente sus servicios.

Cumplir con los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos establecidos.

Presentar conforme a lo señalado en la ficha de trámite 114/CFF “Aviso para la actualización de datos del proveedor de certificación de CFDI”.

Cumplir con la matriz de control publicada en este Portal.

Comunicar a la AGCTI sobre los cambios tecnológicos.

Permitir la operación de usuarios simulados del SAT.

No encontrarse en la lista a que se refiere el artículo 69-B, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación.

Publicar en su página de Internet el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, proporcionado por el SAT.

Llevar un control diario de los CFDI certificados, así como de su envío al SAT para asegurarse de que todos son recibidos por este, y mantener en todo momento dicho control a disposición del SAT.

Implementar en sus sistemas la infraestructura para la generación de todos los complementos de CFDI, publicados en el Portal del SAT.

 



Lista de proveedores

Autorizados de Certificación
Revocados
Autorización no renovada
Desistido de su autorización
Proceso de liquidación

Diagramas de fichas de trámite

113/CFF
114/CFF
117/CFF
118/CFF
177/CFF
178/CFF
195/CFF
210/CFF
211/CFF
214/CFF
216/CFF
220/CFF
223/CFF
229/CFF

 

 

 

 

Obligaciones que tienen las empresas que fungen como Proveedores Autorizados de Certificación

Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Mantener un capital social suscrito y pagado de por lo menos diez millones de pesos durante el tiempo en el que la autorización se encuentre vigente.
Contar con la garantía a fin de garantizar el pago de cualquier daño o perjuicio que, por impericia o incumplimiento de la normatividad establecida y la que se dé a conocer a través de este Portal.
Presentar el dictamen de sus estados financieros para efectos fiscales, por el ejercicio en que se les otorgue la autorización que solicita y por todos los ejercicios durante los cuales gocen de la misma.
Permitir y facilitar la realización de actos de verificación y de supervisión por parte del SAT y de los terceros que habilite la autoridad fiscal, de manera física o remota.
Cumplir en términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, con la reserva y la confidencialidad de la información contenida en los CFDI.
Validar y certificar de manera gratuita los CFDI que generen los contribuyentes a partir de la aplicación gratuita a disposición del público en general.
Devolver a los contribuyentes el CFDI validado conforme a lo que establecen los artículos 29 y 29-A del CFF, con folio asignado y con el sello digital del SAT, emitido para dicho efecto.
Enviar al SAT los CFDI, al momento en que realicen su certificación, con las características y especificaciones técnicas que le proporcione el SAT.
Tener en todo momento a disposición del SAT o de los terceros habilitados por éste, el acceso a las bases de datos de los CFDI que hayan certificado en los últimos tres meses.
Proporcionar a los contribuyentes emisores, una herramienta para consultar el detalle de sus CFDI certificados.
Administrar, controlar y resguardar a través de su sistema certificador de CFDI, los CSD que les proporcione el SAT para realizar su función.
Comunicar a sus clientes en caso de que suspendan temporalmente sus servicios.
Cumplir con los requerimientos funcionales, servicios generales y niveles de servicio mínimos establecidos.
Presentar conforme a lo señalado en la ficha de trámite 114/CFF “Aviso para la actualización de datos del proveedor de certificación de CFDI”.
Cumplir con la matriz de control publicada en este Portal.
Comunicar a la AGCTI sobre los cambios tecnológicos.
Permitir la operación de usuarios simulados del SAT.
No encontrarse en la lista a que se refiere el artículo 69-B, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación.
Publicar en su página de Internet el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI, proporcionado por el SAT.
Implementar en sus sistemas la infraestructura para la generación de todos los complementos de CFDI, publicados en el Portal del SAT.