Declaraciones, pagos y garantías
Catálogo de Servicios y Trámites:
Declaración de contribuyentes que otorguen donativos (DIM Anexo 3).
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales obligadas a presentar la declaración informativa.
Dónde se presenta
- En cualquier oficina del SAT si la presentación se realiza a través de unidad de memoria extraíble (USB) o en CD cuando en la totalidad de los anexos hayan sido capturados más de 40,000 registros.
- En el Portal del SAT, cuando se capturen hasta 40,000 registros.
Qué documentos se obtienen
- Acuse de recibo, o
- Acuse de recibo con sello digital.
Cuándo se presenta
A más tardar el 15 de febrero de cada año.
Requisitos
-
Utilizar el programa DIM y su Anexo 3.
- Unidad de memoria extraíble (USB) o en CD.
Condiciones
Contar con e.firma o contraseña.
Información adicional
No aplica.
Pasos para realizar el trámite
Portal del SAT
Portal del SAT
- Descarga e instala en tu equipo de cómputo, el programa DIM y su Anexo 3.
- Ejecuta el programa, captura y encripta la información de tu declaración informativa.
- Genera los archivos de tu declaración informativa, en tu equipo de cómputo, USB o CD.
- Ingresa a la sección Trámites, y de la barra superior elige la opción Declaraciones.
- Del apartado Informativas, selecciona la opción: Múltiple (30) DIM.
- Captura tu RFC y Contraseña en la pantalla desplegada, seguido de Iniciar Sesión.
- Ingresa el(los) archivo(s) que generaste de tu declaración informativa y da clic en Enviar.
- Imprime y conserva tu acuse electrónico y recibe por correo electrónico el acuse de aceptación del trámite.
Atención Presencial
- Descarga e instala en tu equipo de cómputo, el programa DIM y su Anexo 3.
- Ejecuta el programa, captura y encripta la información de tu declaración informativa.
- Respalda la información de tu declaración en una USB o CD en su caso.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Recibe y conserva el formato sellado, como acuse de recibo.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 110, fracción VI, Noveno fracción X de las disposiciones transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 2.8.4.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal.