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obligaciones fiscales por cumplir

Sólo si tienes trabajadores a tu servicio, debes cumplir las siguientes obligaciones:

  1. Efectuar retenciones del impuesto sobre la renta a tus trabajadores y entregarlas al SAT mensualmente en las mismas fechas que declares sus impuestos.

  2. En caso que les corresponda, debes entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de subsidio al empleo.

  3. Entregarles a los trabajadores, cuando la soliciten, la constancia anual de las percepciones y las retenciones que les efectúes, a más tardar en el mes de febrero de cada año.

  4. Presentar declaración informativa de las personas a las cuales les efectuaste pagos por sueldos y a las que les realizaste pagos por concepto de subsidio para el empleo, a más tardar el 15 de febrero del siguiente año mediante el programa DIM.

Si eres sujeto del impuesto al valor agregado debes presentar mensualmente la información de tus operaciones con terceros, es decir con tus proveedores de bienes y servicios mediante el programa DIOT.
Última modificación:
11 de febrero de 2014 a las 16:31
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