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Fundamento legal: ( 1.8 mB) Artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014.6. ¿Cómo se obtiene el certificado de sello digital para emitir facturas electrónicas (CFDI)? > Descarga la aplicación Solcedi.
7. ¿Qué se requiere para emitir facturas electrónicas (CFDI)?Para expedir Facturas Electrónicas (CFDI), sólo se requiere seguir estos pasos: 1. Tramita un certificado de sello digital con tu Fiel. Si eres persona física no necesitas sello digital, puedes facturar sólo con tu Fiel.2. Utiliza la herramienta gratuita del SAT o de algún proveedor, o contrata los servicios de un proveedor de Factura Electrónica.Fundamento legal: ( 1.140 kB) ) Artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, y Reglas I.2.7.1.2, I.2.7.1.21, y II.2.5.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.8. Soy dentista, tras los cambios fiscales ¿ahora qué comprobantes debo dar? ¿Qué debo hacer?A partir del 1 de enero de 2014 debes expedir facturas electrónicas, sin importar el monto de tus ingresos.Para facturar electrónicamente sólo necesitas tu Fiel, obtener un certificado de sello digital en este portal y utilizar la herramienta gratuita para generar tus facturas, o la de cualquier proveedor autorizado.Fundamento legal: ( 1.140 kB) Artículos 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación, ( 2,919 kB) Reglas II.2.7.1.21 y II2.5.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, y ( 2 mB) Manual del usuario.9. Pago salarios a trabajadores, ¿debo expedir los recibos de nómina de manera digital?Si eres patrón, a partir del 2014 debes emitir facturas electrónicas por los pagos de salarios o no podrás deducirlos.Fundamento legal: ( 1.8 mB) Artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014.10. ¿Puedo esperar hasta fin de año para expedir y entregar un solo recibo de pago de nómina anual a cada trabajador?No, los recibos de pago de nómina debes expedirlos y entregarlos a cada trabajador en la fecha en que les realices cada pago. Fundamento legal: (1.8 mB) Artículos 27, fracción V segundo párrafo y fracción XVIII, primer párrafo, y 99, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014.11. ¿Cuándo deben los patrones expedir y entregar el recibo de pago de nómina (esquema CFDI) a sus trabajadores?En la fecha en que se realice el pago del salario, es decir, si el pago es quincenal, el patrón debe expedir el recibo de pago de nómina (CFDI) al momento de hacer el pago de la quincena.Fundamento legal: (1.8 mB) Artículos 27, fracción V segundo párrafo y fracción XVIII, primer párrafo, y 99, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014.12. ¿Cuánto tiempo se requiere para certificar una factura en la herramienta gratuita del SAT?No puede exceder de 72 horas.Fundamento legal: Regla (617 kB ) I.2.7.2.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.13.- Quienes vendan mercancía extranjera ¿cómo acreditan su legal posesión? Con la factura electrónica, la cual debe incluir, entre otros requisitos, número y fecha del pedimento de importación.
Sí, ya que cumplen con los requisitos fiscales. Para ingresar a la aplicación y emitirlas sólo se requiere el RFC y la contraseña.Fundamento legal: Regla (192 kB ) I.2.7.1.21. de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014.15. ¿Las personas morales deben proporcionar constancia de retenciones de ISR e IVA cuando pagan renta de bienes inmuebles o servicios profesionales a personas físicas que emitieron facturas electrónicas?No, pueden dejar de proporcionar esa constancia cuando la persona física expida una Factura Electrónica con el monto de los impuestos retenidos. Dicho comprobante se considera una constancia de retención.