Régimen Fiscal
Servicios profesionales
(honorarios)

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Definición

Les corresponde tributar en este régimen a las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de gobierno o a personas físicas en general, por ejemplo: abogados, contadores, arquitectos, médicos, dentistas, ingenieros, entre otros.

1. Obtén tu contraseña y e.firma

Tu contraseña del SAT te permitirá acceder a los servicios electrónicos.

La solicitas en nuestras oficinas, necesitas:

  • Original y copia de tu identificación oficial.
  • Un correo electrónico.


La e.firma, antes firma electrónica o Fiel, es el archivo digital con el que podrás firmar trámites por internet con el SAT, o con otras dependencias del país. Es única, y vale tanto como tu firma autógrafa.

La solicitas en nuestras oficinas, necesitas:

  • Original y copia de tu identificación oficial.
  • Comprobante de domicilio fiscal.
  • Un medio de almacenamiento digital, USB, preferentemente nuevo.

2. Factura y pide factura

Para que compruebes tus ingresos, debes emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios. Si tienes trabajadores, debes entregarle un comprobante de nómina por los pagos y retenciones que hagas.

Puedes hacer facturas electrónicas a través de:

  • La aplicación gratuita del SAT, en sat.gob.mx.
  • La aplicación de algún proveedor de facturas electrónicas.
  • Mis Cuentas, en la sección Factura fácil.


Solicita factura por las compras que realices, y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.

3. Registra tus operaciones

Todos los ingresos por los que no hayas emitido factura, y todos los gastos por los que no hayas recibido factura, deberás registrarlo a través de la aplicación Mis Cuentas. Hay versión de escritorio, o móvil.

4. Declara

Debes realizar dos tipos de declaraciones:

Declaración mensual y Declaración Anual

Declaración mensual
Permite calcular tu Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado que deberás pagar por tus operaciones.

Para declarar necesitas tener tus ingresos, gastos y retenciones organizados y sumados mensualmente para capturarlos en la aplicación de Declaraciones y Pagos en sat.gob.mx.

Declaración anual
Informas el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente. La debes presentar a más tardar el 30 de abril siguiente de cada año fiscal.

5. Conoce qué puedes deducir

Deducciones de gastos mensuales

Tu puedes deducir los gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad.

  • Pago de sueldos y salarios.
  • Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS.
  • Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios.
  • Luz y teléfono del local para tus actividades.
  • Papelería y artículos de escritorio.
  • Inversiones en activo fijo, como equipo de cómputo, de oficina, construcciones o equipo de transporte.


Deducciones de gastos anuales

  • Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
  • Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
  • Gastos funerarios.
  • Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
  • Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
  • Donativos.
  • Transporte escolar obligatorio.
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
  • Impuestos locales por salarios.
  • Colegiaturas (preescolar a preparatoria).

6. Mantén tu información fiscal actualizada

Recuerda que debes informar cuando cambias de domicilio, de actividad o si dejas de prestar un servicio. Presenta los avisos a través de sat.gob.mx, y mantente informado.