Persona empleadora

Persona empleadora obligada a dar utilidades

  • Son sujetos obligados a repartir utilidades todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y, en general, todas las personas físicas o morales que tengan personas trabajadoras a su servicio, sean o no contribuyentes del impuesto sobre la renta.

Persona empleadora no obligada a dar utilidades

  • Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.

  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.

  • Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.

  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.

  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.