Personas físicas

 

 

 

Declaraciones


 

Residentes en México

 

Quiénes la presentan

Pago definitivo
Personas físicas con ingresos recibidos directamente de los usuarios de los servicios o adquirentes de los bienes proporcionados mediante plataformas tecnológicas que optan por presentar pagos definitivos de ISR.

Pago provisional
Personas físicas que no optan por presentar pagos definitivos por los ingresos percibidos mediante plataformas tecnológicas.

 

Cuándo se presenta

Pago definitivo
Si recibes ingresos directamente de los usuarios, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponden los ingresos.

Pago provisional
A más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponden los ingresos.

O bien, a más tardar el día que a continuación se señala:

Considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Sexto dígito numérico de la clave del RFC

Fecha límite de pago

1 y 2

Día 17 más un día hábil

3 y 4

Día 17 más dos días hábiles

5 y 6

Día 17 más tres días hábiles

7 y 8

Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 0

Día 17 más cinco días hábiles

 

Información adicional
Si el total de tus ingresos anuales obtenidos por la enajenación de bienes o prestación de servicios a través de internet mediante plataformas tecnológicas, salarios e intereses, no exceden de 300 mil pesos anuales, puedes optar por realizar pagos definitivos de ISR por los ingresos obtenidos a través de Internet, mediante las citadas plataformas tecnológicas.

 

Requisitos

Pago definitivo

  1. Presentar un aviso ante el SAT en el que manifiestes tu voluntad de presentar pagos definitivos.

  2. Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC y contraseña o e. firma.


Pago provisional

  1. Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC y contraseña o e. firma.

 

Documentos que obtienes
Acuse de recibo de la declaración, y en su caso, línea de captura.

 

 

Quiénes la presentan

Pago definitivo por cobro directo
Personas físicas que optan por considerar como definitivas las retenciones que les realizan las plataformas tecnológicas que además cobran directamente las contraprestaciones a los adquirentes o usuarios de los bienes o servicios, proporcionados mediante plataformas tecnológicas.

Pago definitivo
Personas físicas que no optan por considerar como definitivas las retenciones que les realizan las plataformas tecnológicas.

 

Cuándo se presenta

Pago definitivo por cobro directo
Si realizas el cobro directamente de los usuarios, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el cobro.

Pago definitivo
A más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el cobro.

O bien, a más tardar el día que a continuación se señala:

Considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Sexto dígito numérico de la clave del RFC

Fecha límite de pago

1 y 2

Día 17 más un día hábil

3 y 4

Día 17 más dos días hábiles

5 y 6

Día 17 más tres días hábiles

7 y 8

Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 0

Día 17 más cinco días hábiles

 

Información adicional

  • Si el total de tus ingresos en el ejercicio inmediato anterior por actividades realizadas con la intermediación no exceden de 300 mil pesos anuales y además no recibes ingresos distintos a salarios o intereses, puedes optar por considerar las retenciones que te realizan las plataformas tecnológicas como definitivas.
  • Si optas por considerar las retenciones de IVA como definitivas, tendrás el beneficio de no presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

 

Requisitos

Pago definitivo por cobro directo

  1. Presentar un aviso ante el SAT en el que manifiestes tu voluntad de considerar las retenciones de IVA como definitivas.

  2. Para ingresar a la declaración debes contar con tu RFC y contraseña o e. firma.

Pago definitivo

  1. Para ingresar a la declaración debes contar con tu RFC y contraseña o e. firma.

 

Documentos que obtienes
Acuse de recibo de la declaración, y en su caso, línea de captura.

 

 

Quiénes la presentan
Personas físicas residentes en México que proporcionan servicios de intermediación (plataformas digitales), entre terceros que son oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos.

 

Cuándo se presenta
A más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda la retención.

O bien, a más tardar el día que a continuación se señala:

Considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Sexto dígito numérico de la clave del RFC

Fecha límite de pago

1 y 2

Día 17 más un día hábil

3 y 4

Día 17 más dos días hábiles

5 y 6

Día 17 más tres días hábiles

7 y 8

Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 0

Día 17 más cinco días hábiles

 

Requisitos
Para ingresar a la declaración debes contar con tu RFC y contraseña o e.firma.

 

Documentos que obtienes
Acuse de recibo de la declaración, y en su caso, línea de captura.

 

 

 

 

 

 

Residentes en el extranjero

 

Quiénes la presentan
Personas físicas residentes en el extranjero sin establecimiento en México que proporcionan servicios digitales a receptores ubicados en territorio nacional.

 

Cuándo se presenta
A más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

O bien, a más tardar el día que a continuación se señala:

Considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Sexto dígito numérico de la clave del RFC

Fecha límite de pago

1 y 2

Día 17 más un día hábil

3 y 4

Día 17 más dos días hábiles

5 y 6

Día 17 más tres días hábiles

7 y 8

Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 0

Día 17 más cinco días hábiles

 

Requisitos
Para ingresar a la declaración debes contar con tu RFC y contraseña o e.firma.

 

Documentos que obtienes
Acuse de recibo de la declaración, y en su caso, línea de captura.

 

 

Quiénes la presentan
Personas físicas residentes en el extranjero sin establecimiento en México, que proporcionan servicios de intermediación (plataformas digitales), entre terceros que son oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos.

 

Cuándo se presenta
A más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda la retención.

O bien, a más tardar el día que a continuación se señala:

Considerando el sexto dígito numérico de la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Sexto dígito numérico de la clave del RFC

Fecha límite de pago

1 y 2

Día 17 más un día hábil

3 y 4

Día 17 más dos días hábiles

5 y 6

Día 17 más tres días hábiles

7 y 8

Día 17 más cuatro días hábiles

9 y 0

Día 17 más cinco días hábiles

 

Requisitos
Para ingresar a la declaración debes contar con tu RFC y contraseña o e.firma.

 

Documentos que obtienes
Acuse de recibo de la declaración, y en su caso, línea de captura.