Baja del padrón

Requisitos

  • La podrás solicitar mediante el “Aviso de Baja del Padrón del estímulo fiscal para la región fronteriza sur” y dejarás de aplicar los beneficios contenidos en el Decreto, en cuyo caso se perderán los beneficios por la totalidad del ejercicio fiscal.
  • Contar con Contraseña y e.firma.

Fecha de presentación

En cualquier momento.

Además, deberás presentar, a más tardar en el mes siguiente a aquél en que solicitaste la baja, las declaraciones complementarias de los pagos provisionales de meses anteriores del mismo ejercicio, y realizar el pago correspondiente del impuesto sobre la renta sin considerar la aplicación del estímulo fiscal.

El impuesto que resulte se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en el que se presentó la declaración en la que se aplicó el estímulo fiscal hasta el mes en el que se efectúe el pago correspondiente, de conformidad con el artículo 17-A del CFF, además deberás cubrir recargos por el mismo periodo de conformidad con el artículo 21 del CFF.

Los contribuyentes que dejen de aplicar el estímulo no podrán volver a aplicar dicho estímulo durante la vigencia del Decreto.


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