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Inscripción al Padrón de Importadores de Sectores Específicos

¿Quiénes lo presentan?

Las personas físicas y personas morales que requieran introducir a territorio nacional mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias contenidas en el apartado A del Anexo 10 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigentes.

¿Dónde se presenta?

Por internet en el Portal electrónico del SAT www.sat.gob.mx accediendo a Mi portal en la opción Trámites y servicios con el uso de su RFC y Contraseña (antes CIEC), en la sección Servicios por Internet, en el apartado Padrones.

Requisitos:

  1. Encontrarse inscritos y activos en el Padrón de Importadores.
  2. Cumplir con los requisitos previstos en el apartado A del presente instructivo.
  3. Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 2 del apartado A del Anexo 10, se deberá anexar a la solicitud en forma digitalizada cualquiera de los siguientes documentos emitidos por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias de la SENER:
    a) Autorización para Adquisición y Transferencia.
    b) Autorización para Prestadores de Servicio.
    c) Licencia de Operación.
    d) Licencia para Posesión y Uso de Material.
  4. Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en el Sector 9 del apartado A del Anexo 10, adjuntar:
    a) Relación, bajo protesta de decir verdad, que contenga el nombre y RFC válido de los 10 principales clientes de los importadores. El aplicativo que permite validar la clave del RFC, se encuentra en el portal de internet del SAT www.sat.gob.mx, sección Trámites y Servicios, consultas, verificación de autenticidad, RFC.
    b) Licencia sanitaria otorgada por la COFEPRIS.
    c) Estar inscrito en el Anexo 11 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
     
    Para adjuntar la información requerida una vez que el contribuyente presentó su trámite de inscripción, deberá enviar un caso de aclaración a través de la opción “Mi Portal”  conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, publicada en la página de aduanas www.aduanas.gob.mx en el apartado Guía de Trámites, anexando la documentación que se indica en los incisos a, b y c.
    Los requisitos mencionados anteriormente serán necesarios para tramitar su inscripción, así como para mantener su registro activo en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos.

Pasos a seguir para realizar el trámite
 
 
 
Compromisos de servicio
 
Internet:
Disponibilidad permanente
Emisión inmediata de acuse electrónico
Horario: 24 horas los 365 días del año
Respuesta a solicitud: 10 días hábiles
 
 Atención personalizada:
 
  • A través del 01-800 INFOSAT, opciones 7-1-2, de lunes a viernes de las 8:00 a las 21:00 hrs, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
  • También podrá enviar un caso de aclaración a través de la opción de “Mi portal”, cuando tenga un trámite en proceso, respecto del cuál desee conocer el estatus en que se encuentra, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, publicada en la página de aduanas www.aduanas.gob.mx en el apartado Guía de Trámites, el plazo de atención será en un término no mayor a 5 días hábiles.
  •  Además de las opciones anteriores usted podrá asistir a cualquiera de las 67 Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente, para consultar el estatus de sus trámites, preferentemente con cita y deberá acreditar el interés jurídico que representa.
 
Documentos relacionados
 
(127 kB) Regla 1.3.2.
 
 
(125 kB) Anexo 10
 
 

 

 
Última modificación:
07 de marzo de 2014 a las 14:38
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