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Con pedimento de importación temporal utilizando los servicios de un agente aduanal
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Con pedimento de importación temporal utilizando los servicios de un agente aduanal
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Quiénes y cómo lo realizan
El organizador de la competencia o evento deportivo, presentando un aviso ante la Administración Central de Operación Aduanera dependiente de la Administración General de Aduanas con anticipación a la celebración del evento o competencia deportiva, para lo cual deberá tramitar un pedimento de importación temporal por conducto de un Agente Aduanal.
Si usted no cuenta con Agente Aduanal, puede ponerse en contacto con alguno en la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana CAAAREM, el teléfono es: 01 (55) 33-00-75-00, en la Ciudad de México, o bien; puede visitar la página web:
http://www.caaarem.mx
O bien, puede contactar la Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales (CLAA) a través de su página de internet, www.claa.org.mx, Tel. 01 (55) 11-07-85-15 en Ciudad de México, ó 01 (800) 702 04 22 Lada Nacional.
Qué tipo de embarcaciones y equipos se pueden importar temporalmente a través de este procedimiento
Embarcaciones de recreo y deportivas del tipo lancha, yate o velero de más de cuatro y medio metros de eslora y sus remolques, destinadas para competencias y eventos deportivos.
Importación temporal de Aparejos náuticos y equipo necesario para competencias y eventos deportivos denominados “regatas”:
Se consideran aparejos náuticos y equipo, la mercancía necesaria para la consecución del fin de la “regata” y para el retorno de las embarcaciones al extranjero: velas de crucero, balsas inflables, motores pequeños fuera de borda, envases vacíos para combustible, cubiertas de lona, escaleras de abordaje, tablas para sorfear, hieleras, cuerdas para atraco, trofeos y objetos conmemorativos del evento, así como, la ropa y artículos personales de los competidores, entre otros.
Quienes importen temporalmente los bienes referidos, vía terrestre y que se vayan a retornar al extranjero por vía marítima en las embarcaciones que participaron en la regata, podrán optar por aplicar el siguiente procedimiento:
La Federación Mexicana de Vela o el organizador de la “regata” podrá efectuar el trámite de la importación temporal y retorno de los aparejos náuticos y equipo necesarios para la “regata”, a través de un representante, mismo que comprobará dicha personalidad, mediante escrito expedido por la Federación u organizador, según sea el caso.
Trámite de importación temporal: La persona designada como representante deberá presentar en el área de carga de la aduana por la que se efectúe la importación temporal de los aparejos y equipo mediante el formato “Solicitud de autorización de importación temporal” que forma parte del Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, anexando el escrito referido en el numeral 1, así como, un escrito libre, en el que se comprometa a retornar los bienes en la fecha de conclusión del evento o en un plazo máximo de quince días posteriores a dicha conclusión; asimismo, deberá señalar: que los aparejos y equipos serán utilizados exclusivamente para la consecución del fin de la “regata” y para el retorno de las embarcaciones y que por ningún motivo serán objeto de algún acto de comercio dentro de territorio nacional; los datos generales del representante designado para efectuar la importación y retorno de la mercancía, nombre, fecha de inicio, conclusión e itinerario del evento; datos de la embarcación en la que los aparejos y equipo se retornarán al extranjero; listado de éstos, señalando su descripción y cantidad; la aduana de salida, misma que será la que corresponda a la circunscripción territorial del lugar donde culmine la “regata”; los datos que identifiquen el (los) vehículo(s) en que será(n) transportados, los que en ningún caso excederán de cinco por evento y deberán importarse temporalmente a través de un permiso de importación temporal de embarcaciones expedido por Banjercito.
Última modificación:
19 de mayo de 2017 a las 16:51