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Con permiso de importación temporal expedido por Banjercito
Quienes pueden realizar el trámite:
Los extranjeros o mexicanos residentes en territorio nacional o en el extranjero.

Qué tipo de embarcaciones puedo importar temporalmente a México
:
Embarcaciones de recreo y deportivas, del tipo lancha, yate o velero de más de cuatro metros y medio de eslora, incluyendo los remolques para su transportación.

Costo del permiso
:
  • ​​En Módulos CIITEV ubicados en las Aduanas de entrada a territorio nacional así como en los 10 Consulados de México en EEUU, el costo es de 51  dólares más IVA.
  • En el caso de permisos solicitados a través de internet, el costo es de 45 dólares mas IVA.

Medios de pago:

  • En Módulos ubicados en la entrada a territorio nacional, el monto podrá ser pagado en efectivo o mediante cargo a tarjeta de crédito o débito internacional a nombre del importador.
  • En el caso de permisos solicitados en cualquiera de los consulados de México en EEUU, el monto podrá ser pagado mediante cargo a la tarjeta de crédito o débito internacional a nombre del importador.
  • En el caso de permisos solicitados a través de internet, el pago será únicamente mediante tarjeta de crédito internacional, a nombre del importador.

Donde puedo solicitar un permiso de importación temporal de embarcaciones:
  • En los módulos CIITEV ubicados dentro de la circunscripción de la aduana de ingreso al territorio nacional. Consulte el directorio de módulos CIITEV.​
  • En los Consulados Mexicanos en Chicago, Illinois; en Austin, Dallas y Houston, Texas; en Los Angeles, San Bernardino y Sacramento, California; en Albuquerque, Nuevo México; en Denver, Colorado y en Phoenix, Arizona, en los Estados Unidos de América, hasta con seis meses de antelación a la fecha de ingreso a territorio nacional.
  • Por internet a través de la página  www.gob.mx/banjercito, en este caso la vigencia del permiso podrá iniciar a partir de la fecha en que realice el trámite. 

    Requisitos
    1. Acreditar su identidad con copia simple de la identificación oficial (la credencial para votar con fotografía, cédula profesional, pasaporte, forma migratoria con fotografía, cartilla del Servicio Militar Nacional, carta de naturalización, credencial de inmigrado y certificado de matrícula consular de alta seguridad o digital y la libreta de mar), siempre que se encuentren vigentes y no existan indicios de haber sido alteradas o falsificadas.
       
    2. Acreditar la propiedad o posesión de la embarcación o del remolque en su caso, debiendo presentar una copia simple de cualquiera de los siguientes documentos que contengan los datos de identificación de la embarcación (nombre, marca, año-modelo, tipo y número de casco HIN, matricula o certificado de registro).
       
        • Factura o contrato de compraventa, a nombre del importador.
        • Contrato de fletamento o arrendamiento a nombre del importador, con la carta del propietario que autorice la importación temporal al país de la embarcación.
        • Título de propiedad.
        • Certificado de registro vigente otorgado por la autoridad competente.

Cuando a nombre del propietario el trámite del permiso de importación temporal de la embarcación lo realice cualquier persona, deberá presentar una carta poder expedida por el propietario a favor de quien realiza el trámite, anexando copia simple de su identificación oficial.

Unidades que pueden importarse conjuntamente con la embarcación

Como accesorios móviles de la embarcación se podrán importar temporalmente motos acuáticas, las embarcaciones que permitan al desembarque en tierra, su remolque para su traslado, motocicletas, trimotos, cuadrimotos o carros de recreo, siempre que no hayan sido concebidas, destinadas o fabricadas para circular por las vías generales de comunicación, así como un helicóptero de uso particular sin fines de lucro sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley de Aviación Civil; En estos casos, el importador deberá acreditar su propiedad y registrarlos en el formato “Listado General de Accesorios Móviles de la Embarcación Importada Temporalmente”, emitido por BANJERCITO, siendo obligatorio requisitar todos los datos solicitados en el mismo.

Vigencia

El plazo a que se sujetará la importación temporal de la embarcación será de 10 años y se empezará a computar a partir de la fecha de inicio de la vigencia del permiso de importación temporal de embarcación y podrá realizar entradas y salidas múltiples con su embarcación durante la vigencia del permiso de importación temporal.

Prórroga
:
Los interesados podrán solicitar un nuevo “Permiso de importación temporal de embarcación”, para la misma embarcación por un plazo de diez años, siempre que realicen el trámite de importación temporal hasta con 45 días de anticipación al vencimiento del permiso vigente, vía internet a través de la página www.gob.mx/banjercito o en cualquiera de los Módulos CIITEV, sin que se requiera la presentación de la embarcación.

Retorno
Para registrar y obtener el comprobante del retorno definitivo de la embarcación, el interesado deberá presentar ante el personal de BANJERCITO que opera los Módulos CIITEV en las aduanas de salida lo siguiente:

a)
 Cuando la embarcación salga del país vía terrestre, la embarcación importada temporalmente, las unidades registradas en el formato listado de accesorios móviles de la embarcación emitido por BANJERCITO, el holograma y el permiso de importación temporal o declaración bajo protesta de decir verdad en formato libre en el cual se indique la causa por la cual no se presenta el holograma, el permiso o ambos.

b)
 Cuando la embarcación salga del país vía marítima, el original y copia simple del despacho de altura sellado por autoridad portuaria, el formato listado de accesorios móviles de la embarcación emitido por BANJERCITO, el holograma y el permiso de importación temporal o declaración bajo protesta de decir verdad en formato libre en el cual se indique la causa por la cual no se presenta el holograma, el permiso o ambos. Dichos documentos podrán ser enviados, por correo certificado a BANJERCITO o presentados directamente en los buzones ubicados en los Módulos CIITEV en las aduanas de entrada.

Recomendaciones
:
Verificar que todos los datos de identificación de la embarcación como lo es, marca, año, modelo, tipo y número de casco HIN, matricula o certificado de registro, así como los datos del importador y en su caso del tramitador que realizó el tramite a nombre del importador se encuentren impresos en el permiso y sean correctos, ya que se dan casos en que se presentan documentos de otra embarcación que no es la que se pretende importar.

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Última modificación:
25 de mayo de 2017 a las 13:36
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