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cumplimiento_de_obligaciones_fiscales
Para emitir la opinión en sentido positivo la autoridad revisa:
  • Que haya presentado los pagos provisionales y/o definitivos, así como la declaración anual que establece la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • Que no tenga créditos fiscales firmes.
A continuación se muestra el procedimiento para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales:

Procedimiento
  • Ingrese en la opción Mi portal de la página de internet del SAT, Trámites y Servicios, registre su RFC, contraseña, iniciar sesión
  • Seleccione:
    • No, en la advertencia de seguridad. Confirme el mensaje de página web
    • Aceptar, en el mensaje de página web al validar sus datos
    • Servicios por Internet
    • Cumplimiento de Obl Fisc
    • Opinión del Cumpl de Obl Fisc
    • Reporte
  • En la pantalla que se despliega copie el texto de la imagen tal como aparece en ésta y de clic en "Continuar".
  • Para obtener la opinión de clic en “Consultar”.
  •  Imprima o guarde la opinión emitida.
La opinión emitida por la autoridad fiscal, es para fines exclusivos de las disposiciones fiscales vigentes, aplicables a cada supuesto, y no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y monto de créditos o impuestos declarados o pagados.

La opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales que se emita en sentido positivo, tiene una vigencia de 3 meses para efecto de la obtención de estímulos o subsidios, y una vigencia de un mes en los demás casos.
Última modificación:
26 de febrero de 2015 a las 13:25
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