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Arrendamiento de bienes inmuebles

Son ingresos, las cantidades que obtiene un residente en el extranjero por rentar, y en general por conceder el uso o goce y demás derechos que se convengan sobre un bien inmueble, incluso cuando se deriven de la venta o cesión de los derechos mencionados, siempre que dichos bienes se encuentren ubicados en territorio nacional. 

Cálculo del impuesto sobre la renta

El impuesto se paga aplicando la tasa de 25% sobre el ingreso obtenido, sin deducción alguna. 

Forma de pago

Las personas que efectúan los pagos, calculan el impuesto, hacen la retención y entero o pago correspondiente al Servicio de Administración Tributaria. Cuando la persona que haga los pagos sea residente en el extranjero, el contribuyente que obtenga los ingresos, debe calcular y pagar el impuesto mediante declaración, que presenta ya sea por internet o ventanilla bancaria, dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso. 

Obligación de expedir factura electrónica por las rentas o ingresos cobrados 

Los arrendatarios deben expedir facturas electrónicas por las rentas percibidas, los cuales deben contar con requisitos fiscales. Cuando la renta sea pagada a un fideicomiso, la institución fiduciaria debe expedir los comprobantes fiscales y realizar la retención y el entero correspondiente.

 

 
Última modificación:
05 de abril de 2017 a las 14:39
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