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Ingresos por salarios
Son los obtenidos por concepto de sueldos y demás prestaciones derivadas de una relación laboral, e incluyen tiempo extra y prestaciones adicionales, indemnizaciones, jubilaciones, pensiones, seguro de retiro, gratificaciones, entre otras, excepto las remuneraciones a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales. 

Cálculo del impuesto sobre la renta:

Al ingreso obtenido en el año se le aplican las tasas siguientes: 

  • No se paga el impuesto por los primeros 125,900 pesos.
  • Del 15% cuando los ingresos sean más de 125,900 pesos hasta un millón de pesos.
  • Del 30% cuando los ingresos percibidos exceden de un millón de pesos. 

Pago del impuesto 

El patrón o la persona que efectúa pagos por salarios está obligado a retener el impuesto sobre la renta. Si no se efectúa retención, el contribuyente que obtiene los ingresos calcula y paga el impuesto mediante declaración que presenta dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso. 

Ingresos exentos 

No se paga el impuesto por los ingresos obtenidos por salarios, y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, pagados por residentes en el extranjero que no tengan establecimiento permanente en el país, o que teniéndolo el servicio no esté relacionado con dicho establecimiento. 

Como requisito para dicha exención se establece que la estancia del prestador del servicio en territorio nacional sea menor a 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de doce meses.

Última modificación:
05 de abril de 2017 a las 14:37
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