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Si requiere solicitar un subsidio o estímulo, contratar con la Administración Pública Federal Centralizada, Paraestatal, Procuraduría General de la República, o con las Entidades Federativas, realizar un trámite fiscal o de comercio exterior u obtener una autorización en materia de impuestos o de comercio exterior, debe presentar la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales emitida en sentido positivo.

Para obtener la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, el SAT le ofrece las siguientes opciones:

  1. Generarla personalmente a través de la página de Internet del SAT, con su contraseña o FIEL, de conformidad con la regla II.2.1.13. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.
  2. Cuando requiera de un subsidio o de un estímulo, podrá obtenerla por conducto de las Entidades o dependencias gubernamentales que tengan a su cargo la aplicación de dichos subsidios o estímulos, ello de conformidad con lo señalado en las reglas I.2.1.15. y II.1.4.de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.   P R O X I M A M E N T E.  
  3. A través de un Tercero Autorizado, cuando  lo autorice a consultarla, de acuerdo a lo establecido en la regla II.2.1.13. primer párrafo y la fracción IV de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. P R O X I M A M E N T E.
  4. Solicitarla en el número telefónico de INFOSAT: 01-800-46-36-728 ó por correo electrónico a la dirección: opinioncumplimiento@sat.gob.mx; la Opinión le será enviada dentro de las 24 horas siguientes, al correo electrónico que haya proporcionado al SAT en la gestión de su FIEL. P R O X I M A M E N T E.
  5. Solicitarla a dependencias gubernamentales, proporcionándoles su Cédula de Identificación con código de barras bidimensional. P R O X I M A M E N T E. 

 

La Opinión emitida por la autoridad fiscal es para fines exclusivos de las disposiciones fiscales vigentes, aplicables a cada supuesto, y no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y monto de créditos o impuestos declarados o pagados.

La Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales que se emita en sentido positivo tiene una vigencia de tres meses para efecto de la obtención de estímulos o subsidios y una vigencia de un mes en los demás casos. 

 Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales

En caso de estar inconforme con la opinión que emita la autoridad fiscal, deberá hacer la aclaración a través de Mi portal:

Aclaración de la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales


Si necesita comprobar que la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales fue emitida por el SAT, ahora podrá verificarlo a través de un procedimiento fácil y rápido.
Validación de la autenticidad de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales

 Generación y aclaración de la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales

Última modificación:
07 de marzo de 2014 a las 13:44
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