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¿Quiénes pueden optar por dictaminar sus estados financieros en 2017?
Las personas físicas con actividad empresarial y las personas morales que se encuentran en alguno de los siguientes casos:

  • Que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a 100 millones de pesos. 
  • Que el valor de su activo determinado en los términos de las reglas de cáracter general que al efecto emita el SAT sea superior a 79 millones de pesos. 
  • Que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.

No podrán optar por dictaminar sus estados financieros en 2017 las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.

Fundamento legal: Artículo 32-A del CFF,  Regla 2.13.13. de la RMF para 2018. 

Última modificación:
28 de mayo de 2018 a las 11:21
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