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Deducción adicional de 25% del salario efectivamente pagado y requisitos para aplicar este estímulo

Este estímulo consiste en deducir de los ingresos acumulables un monto equivalente al 25% del salario que sirvió de base para calcular las retenciones del ISR. 

Es aplicable a las personas físicas y morales que contraten a personas con discapacidad. Quienes apliquen el estímulo del Decreto NO podrán aplicar el estímulo fiscal de la deducción de 100% del ISR retenido a las personas con discapacidad. 

Está deducción es aplicable cuando se pague a las siguientes personas:  

  • Con discapacidad motriz , que para superarla requieran usar permanentemente:

    • Prótesis.

    • Muletas.

    • Sillas de ruedas.

  • Con discapacidad mental, auditiva o de lenguaje en un 80%  ó  más, e

  • Invidentes.

Requisitos para aplicar este estímulo: 

  • Cumplir con las obligaciones del artículo 15 de la Ley del Seguro Social.

  • Obtener certificado de discapacidad del trabajador expedido por el IMSS.

  • Retener y enterar el ISR.

Fundamento: Artículo 16, apartado A, fracción X, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2017 y  artículo 1.5  del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2013.
Última modificación:
01 de diciembre de 2017 a las 12:28
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