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ingresos por enajenación de acciones en bolsa de valores

Se establece el pago del ISR por la ganancia obtenida derivada de la venta o enajenación de acciones realizada por las personas físicas en bolsa de valores, a una tasa de10%, asimismo, dicho gravamen también se aplica cuando dichas ganancias sean obtenidas por residentes en el extranjero.

Además de la ganancia por enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas, se grava la ganancia por la venta de títulos de índices accionarios, de operaciones financieras, entre otros.

Derivado de lo anterior se establece lo siguiente:

  • La obligación de los intermediarios financieros de efectuar el cálculo del impuesto y entregar constancia a la persona física, así como de entregar dicha constancia por la pérdida que en su caso se haya determinado.

  • La opción de poder aplicar las pérdidas generadas contra utilidades del mismo contribuyente durante los diez años siguientes.

  • La obligación de presentar declaración por los contribuyentes personas físicas y efectuar el pago anual de manera conjunta con la declaración anual.

  • La posibilidad de que el SAT emita reglas para establecer mecanismos para el cálculo y entero del impuesto.

El impuesto se causa al momento de obtener las ganancias mediante la enajenación de las acciones, es decir mediante flujo, y no al momento de devengarlas.
 
Última modificación:
29 de mayo de 2014 a las 17:37
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