Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Servicio de Administración Tributaria
Inicio
|
Mapa del sitio
|
Índice temático
|
Glosario
|
English
SAT
Nosotros
Valores
Facultades del SAT
Integración del SAT
Administración SAT
Reglamento interior
Estructura orgánica
Directorio de servidores públicos
Antecedentes
Evaluaciones externas a los programas presupuestarios del SAT
Bolsa de trabajo
Servicio social y prácticas profesionales
Trámites
Información
Obligaciones
Calendario fiscal
Cartas de crédito
Catálogo de trámites
Contabilidad electrónica
Contraseña
Declaración anual
Depósitos en efectivo
Devoluciones y compensaciones
e.firma (antes firma electrónica)
Factura
Obligaciones fiscales
Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
Pólizas de fianza
Régimen de Incorporación Fiscal
Legal
Buzón Tributario
Normatividad
Notificaciones
Promociones jurídicas
Derechos de los contribuyentes
Resoluciones favorables
SubastaSAT
Verificación de autenticidad
Vigilancia de grandes contribuyentes
Pagos
Pago de adeudos fiscales
Pago electrónico e5cinco
Pago en especie
Pago referenciado
General
Arrendadores residentes en EUA
Bancos, entidades de financiamiento y fondos del extranjero
Deducción de combustible
Descarga de aplicaciones
Estímulo al buen contribuyente
Estímulos fiscales
Hidrocarburos
Juegos con apuestas y sorteos
Libros blancos
Lista de correos apócrifos
Operaciones presuntamente inexistentes
y listados definitivos
Participación de los Trabajadores en las Utilidades
Pláticas fiscales
Portal anticorrupción
Pregunta del día
Programas y campañas
Relación de contribuyentes incumplidos
Reglas para la importación definitiva de vehículos
Retorno de inversiones
Tablas e indicadores
Intercambio automático de información financiera para efectos fiscales
Terceros autorizados
Bancos autorizados para recibir pagos
Información histórica de centros de destrucción de vehículos
Concesionarios de devolución de IVA a turistas extranjeros
Controles volumétricos
Donatarias y donaciones
Emisores de monederos electrónicos
Fedatarios públicos
Garantizadora y expedidora del Cuaderno ATA
Notarios públicos
Órganos verificadores
Proveedor de servicio de recepción de documentos digitales
Proveedor de servicio autorizado para juegos con apuestas y sorteos
Registro y padrón de contadores públicos, despachos y colegios
Síndicos del contribuyente
Comercio exterior
Esquema Integral de Certificación
Verificación de origen
Formas y formatos de comercio exterior
Factura de comercio exterior
Aduanas
Declaraciones
Provisionales o definitivas
Mensuales
Retorno de inversiones
Régimen de Incorporación Fiscal
Mi contabilidad, opción de acumulación de ingresos por personas morales.
Anuales
Personas morales
Personas físicas
Informativas
Operaciones con terceros (DIOT)
Múltiple (30) DIM
Regímenes Fiscales Preferentes (63)
Operaciones relevantes (76)
Multi-IEPS
IEPS: entidades federativas
DeclaraNOT
Operaciones de Consorcios Petroleros (81)
DIEMSE
Gasolina o diésel
Otras informativas
Situación fiscal
Editores de Revistas
Fomento al Primer Empleo
Estímulos Fiscales, entidades federativas
Formato 43
Formato 43-A
Conceptos de IETU
Operaciones mayores a 100,000(35)
Aumento de capital(86-A)
Aduanas
Pasajeros procedentes del extranjero
Recintos fiscalizados(Reg. 15)
Transparencia
Normatividad en transparencia
Acceso a la información
Obligaciones de transparencia
Transparencia focalizada
Participación ciudadana
Indicadores de programas presupuestarios
Recomendaciones
Estudios financiados con recursos públicos
Planes, programas e informes
Adeudos fiscales
Sala de prensa
Boletín técnico informativo de Aduanas
Boletín técnico informativo de Comercio exterior
Comunicados de prensa
Novedades
SAT
>
Fichas temáticas
>
Reforma fiscal
>
ISR, IVA, Derechos e Información Contable
Imprimir
ISR, IVA, Derechos e Información Contable
Contenido de la página
Para el ejercicio 2015 se establecen las siguientes disposiciones:
Los intereses podrán estar sujetos a una tasa del 4.9%, siempre que el beneficiario efectivo de esos intereses sea residente de un país con el que se encuentre en vigor un tratado para evitar la doble tributación celebrado con México.
Cuotas de pago de derechos aplicables a los concesionarios por el uso, goce, aprovechamiento o explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico comprendidas en el rango de frecuencias en megahertz por región en la que operen. Esta disposición entrará en vigor el 1º de enero de 2016.
El SAT establecerá mediante reglas de carácter general, un esquema ágil para que las devoluciones de IVA que soliciten los contribuyentes de los sectores de exportación, primario, proyectos de inversión en activo fijo y de producción y distribución de alimentos y medicinas, se efectúen en un máximo de 20 días hábiles.
El envío de la información contable al SAT deberá realizarse a partir del año 2015, conforme al calendario publicado en reglas de carácter general.
Para los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, no se considerará incumplido el plazo de presentación de las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio de 2014, siempre que las presenten a más tardar el 31 de enero de 2015.
Los contribuyentes podrán expedir los comprobantes fiscales digitales de las remuneraciones cubiertas a sus trabajadores o asimilados a salarios, dentro del periodo comprendido entre la fecha en que se realice la erogación
correspondiente y a más tardar el 31 de diciembre de 2014.
Última modificación:
01 de diciembre de 2014 a las 13:18