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regímenes que se eliminan
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Régimen Simplificado
Se elimina este régimen, sin embargo, en virtud que los coordinados de autotransporte aún presentan dificultades organizativas se establece el régimen de Coordinados en el que deben tributar aplicando el sistema de flujo de efectivo establecido para las personas físicas con actividades empresariales y cumplir las obligaciones de sus integrantes, personas físicas o morales.
En el caso de las personas morales del sector primario, pasan a tributar en el régimen De las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, en el que tambié aplican el esquema de flujo de efectivo y las personas morales cumplen con las obligaciones de sus integrantes.
Régimen de Consolidación fiscal
Se elimina el régimen de consolidación fiscal y se establece esquema de salida para estos grupos de sociedades. Para ello, se prevén dos alternativas para el cálculo del impuesto diferido que se tenga al 31 de diciembre de 2013, así como un esquema de pago fraccionado en cinco ejercicios para el entero del impuesto diferido.
Asimismo, las empresas que aún se encuentren en el periodo obligatorio de 5 años de tributación en este régimen, podrán seguir aplicando las disposiciones de la consolidación fiscal y, una vez que concluya ese periodo, deben calcular y enterar el impuesto diferido que tengan a esa fecha a través del esquema fraccionado de pagos.
Transcurrido el periodo de cinco ejercicios, la sociedad controladora debe determinar el impuesto diferido y enterarlo conforme al esquema de pagos siguiente:
25% en el mes de mayo del primer ejercicio fiscal posterior al de la conclusión del plazo de los cinco ejercicios.
25% en el mes de abril del siguiente ejercicio fiscal antes mencionado.
20% en el mes de abril del siguiente ejercicio fiscal antes mencionado.
15% en el mes de abril del siguiente ejercicio fiscal antes mencionado.
15% en el mes de abril del siguiente ejercicio fiscal antes mencionado.
Régimen Intermedio y de Pequeños contribuyentes.
Los contribuyentes que tributaban en el régimen de pequeños contribuyentes, o en el régimen Intermedio que desaparecen, a partir de 2014 pasan al régimen General o al régimen de Incorporación fiscal, dependiendo del monto de sus ingresos obtenidos en el año anterior.
Última modificación:
29 de mayo de 2014 a las 17:39