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Complemento INE

A partir del 1 de mayo de 2016 este complemento es utilizado por todos los contribuyentes que vendan, enajenen, arrienden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles (tratándose de aspirantes y candidatos independientes), mismo que deberá incorporarse en los CFDI que emitan a favor de dichos partidos y asociaciones en los procesos de precampaña y campaña, cuando se trate de la adquisición o contratación de propaganda, incluyendo la utilitaria y publicidad, así como de espectáculos, cantantes y grupos musicales, bienes y servicios contratados para la realización de eventos de precampaña y campaña sin importar el monto, lo anterior de conformidad con el artículo 46 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.​

Complemento INE versión 1.1.

La obligación del uso de la versión 1.1 ​es a partir del 1 de septiembre del 2016​.


Nota: Aplica para factura (versión 3.3). 

Fecha de publicación: 20 de marzo del 2018.

Complemento INE versión 1.0
La versión de este complemento para la expedición de facturas por los contribuyentes que vendan, enajenen, arrenden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles, será vigente hasta el 31 de agosto de 2016.


Nota: aplica para factura (versión 3.2)
Fecha de publicación: 08 de marzo de 2016.
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Última modificación:
21 de marzo de 2018 a las 10:24
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