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A partir del 1 de mayo de 2016 este complemento es utilizado por todos los contribuyentes que vendan, enajenen, arrienden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles (tratándose de aspirantes y candidatos independientes), mismo que deberá incorporarse en los CFDI que emitan a favor de dichos partidos y asociaciones en los procesos de precampaña y campaña, cuando se trate de la adquisición o contratación de propaganda, incluyendo la utilitaria y publicidad, así como de espectáculos, cantantes y grupos musicales, bienes y servicios contratados para la realización de eventos de precampaña y campaña sin importar el monto, lo anterior de conformidad con el artículo 46 del Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.
Complemento INE versión 1.1.
La obligación del uso de la versión 1.1 es a partir del 1 de septiembre del 2016.
Fecha de publicación: 20 de marzo del 2018.Complemento INE versión 1.0La versión de este complemento para la expedición de facturas por los contribuyentes que vendan, enajenen, arrenden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los Partidos Políticos y Asociaciones Civiles, será vigente hasta el 31 de agosto de 2016.