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Declaraciones o pagos mensuales
Como persona moral que tributas en este régimen tienes la obligación de presentar pagos provisionales o definitivos mensuales de los siguientes impuestos:

 
  • Impuesto sobre la renta
  • Impuesto al valor agregado
  • Dependiendo tus actividades, también puedes ser sujeto del impuesto especial sobre producción y servicios.
  • Si es tu caso, también debes cumplir obligaciones por cuenta de terceros, como son, el entero mensual de las retenciones del ISR o IVA efectuadas.

 

Las declaraciones y pagos las debes realizar a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago o la declaración.

 Esta obligación la debes de cumplir a través de la modalidad de pago referenciado, utilizando el Servicio de Declaraciones y Pagos, mediante el cual se realiza lo siguiente:

 
  • Ingresa al Servicio de Declaraciones y Pagos (pago referenciado) con el RFC y  Contraseña del contribuyente.
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  • Realiza la captura de tus declaraciones por todas tus obligaciones fiscales.
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  • Envía tus declaraciones en el Portal de internet del SAT.
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  • Una vez recibida la declaración, el SAT emite acuse de recibo con la línea de captura para que realices el pago.
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  • Debes efectuar el pago con la línea de captura en tu portal bancario.
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  • El banco valida la línea de captura, la vigencia, el importe del pago y el medio de recepción.
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  • El banco te envía el comprobante electrónico que ampara el pago.
Última modificación:
07 de mayo de 2014 a las 11:44
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