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Otras obligaciones
Además de las obligaciones que ya mencionamos debes cumplir, entre otras, las siguientes:

  • Efectuar retenciones del impuesto sobre la renta cuando pagues sueldos o salarios a trabajadores, hagas pagos a  personas físicas que te  presten servicios profesionales independientes o a las que te concedan el uso o goce temporal de bienes inmuebles.

  • Efectuar retenciones en su caso, del impuesto al valor agregado cuando  hagas pagos a  personas físicas que te presten servicios profesionales independientes o te concedan el uso o goce temporal de bienes inmuebles.

  • Expedir constancias de retenciones a tus trabajadores o a las personas físicas a las que les hayas efectuado retenciones del impuesto sobre la renta, al valor agregado o especial sobre producción y servicios.

  • Formular un Estado de posición financiera y levantar inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio.

  • Determinar en la Declaración Anual la utilidad fiscal y el monto que corresponda a la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa  (PTU).

  • Llevar control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados.

  • Presentar al SAT aviso de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital que recibas en efectivo, en moneda nacional o extranjera mayores a 600,000 pesos, dentro de los 15 días posteriores a que  recibas  las cantidades en el formato electrónico correspondiente.

    Si eres contribuyente del IEPS debes presentar las declaraciones informativas que te correspondan conforme al artículo 19 de la Ley del IEPS, mediante el formato electrónico Multi-IEPS
Última modificación:
03 de marzo de 2014 a las 16:36
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