SAT > Información fiscal > Obligaciones fiscales > Personas morales > Régimen simplificado > Personas exentas del IETU (sector primario)
   Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                     
Personas exentas del IETU (sector primario)
​
Las personas morales no pagarán el IETU siempre que sus ingresos anuales por las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, no excedan 20 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, elevado al año, por cada uno de sus integrantes, y en conjunto no excedan de 200 veces el salario mínimo general del Distrito Federal, elevado al año, y que no tengan la obligación de presentar declaraciones periódicas; tratándose de ejidos y comunidades así como de uniones de ejidos y de comunidades no será aplicable el límite de 200 veces al salario mínimo.
Última modificación:
03 de marzo de 2014 a las 16:40
Trámites e-firma Contraseña Citas Chat Facebook Twitter YouTube Apps