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Opción para tributar en el Régimen Intermedio

Si eres persona moral del sector primario y te 
dedicas a la actividad de autotransporte de carga federal; a la actividad de autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo; y a la actividad de autotransporte terrestre de carga de materiales, o de pasajeros urbano y suburbano, y tus ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan sido mayores a diez millones de pesos, puedes pagar el impuesto y cumplir con tus obligaciones fiscales en el régimen Intermedio.
Última modificación:
03 de marzo de 2014 a las 16:40
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