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Solicitud de aclaración del contratante en materia de subcontratación laboral.
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Solicitud de aclaración del contratante en materia de subcontratación laboral.
Contenido de la página
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales, contratantes con actividades de subcontratación laboral.
Dónde se presenta
En éste Portal, elige la etiqueta "Subcontratación aplicativo", al tratarse de consultas relacionadas con la funcionalidad del aplicativo y réplica de información.
En una
oficina del SAT,
previa cita registrada en éste portal, SAT Móvil o Portal de GOB.MX.
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo y posteriormente, la respuesta electrónica a su solicitud de aclaración.
Cuándo se presenta
Cuando se presente una problemática en la funcionalidad del aplicativo.
Requisitos
P
orta
l del SAT:
Ingresar un caso de aclaración.
Adjuntar la información que sirva de respaldo para sustentar la aclaración y/o los elementos para robustecer la información.
Atención presencial
:
El asesor fiscal levantará el caso de aclaración o instruirá al contribuyente para que lo realice desde mi @spacio.
Condiciones
Contar con contraseña.
Información adicional
No aplica
.
Compromisos del servicio
Portal del SAT:
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
Atención presencial:
Duración máxima: 40 minutos por trámite.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
Pasos para realizar el trámite
Portal del SAT:
Ingresa a la sección
trámites
, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
Se
lecciona sucesivamente las opciones servicios por internet / aclaración / solicitud.
Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de aclaración, eligiendo el trámite.
En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneados.
Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
Atención presencial:
Ac
ude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
Reci
be y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 5, 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; Décimo Noveno Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación; reglas 3.3.1.44., 3.3.1.45; 3.3.1.49., 3.3.1.50., 3.3.1.51., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
30 de abril de 2018 a las 14:27