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Informe de funcionarios autorizados para recibir requerimiento de pago.
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Informe de funcionarios autorizados para recibir requerimiento de pago.
Contenido de la página
Quiénes lo presentan
Las instituciones de fianza autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para emitir fianzas fiscales.
Dónde se presenta
Atención presencial
En las oficinas de la Administración Central de Cobro Persuasivo y Garantías de la Administración General de Recaudación, ubicada en Av. Paseo de la Reforma 10, Torre Caballito, piso 15, col. Tabacalera, c.p. 06030, deleg. Cuauhtémoc, Ciudad de México.
A través de
Buzón Tributario.
Mediante escrito libre de forma presencial firmado por el contribuyente o su representante legal,
conforme lo previsto por la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Este trámite estará dis
ponible en Buzón Tributario, en tanto se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información dentro de ese canal. Consulta
aquí
el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea
Fiscal.
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
Cuándo se presenta
Con 15 días de anticipación a la fecha en que surtan efecto los cambios que se realicen
respecto a la designación de los apoderados legales autorizados por las instituciones de fianzas para recibir requerimientos de pago, así como al cambio de domicilio designado para su recepción
.
Requisitos
Atención presencial y Buzón Tributario:
Escrito libre o archivo electrónico que debe contener:
a) Nombre del apoderado legal que recibirá los requerimientos de pago.
b) Domicilio en el que el apoderado legal recibirá los requerimientos de pago.
c) Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa a la que corresponde.
d) Fecha en que surtirá efectos el cambio de apoderado legal y/o el domicilio para la recepción de requerimientos de pago.
Condiciones
Contar con e.firma vigente para Buzón Tributario.
Información adicional
En caso de no presentar dicha información en el plazo establecido, los requerimientos serán notificados en el (los) último(s) domicilio(s) señalado(s) por la afianzadora.
Compromisos del servicio
Atención presencial:
Duración máxima: 40 minutos por trámite.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
Buzón Tributario:
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
Pasos para realizar el trámite
Atención presencial:
A
cude con la documentación del trámite.
Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.
Buzón Tributario:
Ingresa a la sección
trámites
y selecciona la opción Buzón Tributario.
Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 18, 143 del Código Fiscal de la Federación; regla
2.15.6., de la
Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de febrero de 2018 a las 10:49