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Suspensión en el Padrón de Importadores o Padrón de Exportadores Sectorial
Quiénes lo presentan
Las personas físicas o personas morales que ya no requieran el registro en el Padrón de Importadores o Padrón de Exportadores Sectorial.
 
Dónde se presenta
Padrón de Importadores o Padrón de Importadores de Sectores Específicos:
El trámite lo debe realizar en el Portal del SAT accesando o la ruta https://www.siat.sat.gob.mx/PTSC/ utilizando su  e-firma vigente (antes firma electrónica).
 
Padrón de Exportadores Sectorial:
El trámite podrá solicitarlo mediante escrito libre en términos de la regla 1.2.2 en la oficialía de partes de la Administración Central de Operación de Padrones ubicada en Av. Paseo de la Reforma Norte no. 10, edificio Torre Caballito,  p.b., Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc. C.P. 06030, Ciudad de México; o en cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.
 
Qué documentos se obtienen
  • Acuse del trámite solicitado.
 
Cuándo se presenta
En el momento en que el contribuyente lo requiera.
 
Requisitos:
Para el Padrón de Importadores o Padrón de Importadores de Sectores Específicos:
 
Para el Padrón de Exportadores Sectorial:
  • Escrito libre en los términos de la regla 1.2.2.
  • Manifestación expresa de requerir la baja voluntaria del Padrón de Exportadores Sectorial.
  • Acreditar el interés jurídico que representa.
 
Compromisos de servicio
Su solicitud será atendida en un término no mayor a 3 días contado a partir del día siguiente a la recepción de la misma.
 
 
Atención personalizada:
A través de MarcaSAT: 627 22 728 desde la Ciudad de México, o 01 55 627 22 728 del resto del país, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas, se brindará asesoría sobre requisitos, documentación soporte y el estatus de sus trámites.
También podrá levantar un caso de aclaración a través de la opción de “Mi portal”, cuando tenga un trámite en proceso, respecto del cuál desee conocer el estatus en que se encuentra, conforme a la Guía rápida para la operación de casos de aclaración, publicada en este portal, submenú "Aduanas", opción "Trámites y autorizaciones", apartado "Guía de trámites para padrones".
Además de las opciones anteriores usted podrá asistir a cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente, para consultar el estatus de sus trámites, acreditando el interés jurídico que representa.
 
Pasos para realizar el trámite
Portal del SAT
  1. Ingresa a la sección Trámites, y de la barra superior elige la opción RFC.
  2. Del apartado de "Importadores y Sectores Específicos", selecciona la opción: Suspensión.
  3. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma vigente, seguido del inicio de sesión.
  4. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico.
  5. Revisa la información capturada y envía tu trámite al SAT.
  6. Imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
 
Atención presencial
  1. Acude con la documentación del trámite a la oficialía de partes de la Administración Central de Operación de Padrones.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Regla 1.3.3 de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.
 
 
Última modificación:
04 de enero de 2017 a las 12:46
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