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Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales que requieran acreditar su residencia fiscal en México.
 
Dónde se presenta
En una oficina del SAT, previa cita registrada en éste portal, SAT Móvil o portal GOB.MX.
 
Qué documentos se obtienen
  • Forma oficial 36 sellada, como acuse de recibo.
  • Forma oficial 36 con la certificación de Constancia de Residencia para Efectos Fiscales.
 
Cuándo se presenta
Cuando el contribuyente requiera acreditar su residencia fiscal en otro país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación.
 
Requisitos
  • Forma 36, constancia de residencia para efectos fiscales (por duplicado) o puedes utilizar la versión editable.
  • Poder notarial para actos de administración, domino o especial, en caso de representación legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público (copia simple y original para cotejo).
  • En caso de padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como representantes de los mismos, para acreditar la paternidad o tutela, presentarán:
  • Copia certificada del acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil u obtenida en el Portal www.gob.m​x/actas​ (formato único), cédula de identidad personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a través del registro nacional de población o resolución judicial o documento emitido por fedatario publico en el que conste la patria potestad o la tutela (copia simple y original para cotejo).
  • Manifestación por escrito de conformidad de los padres​ para que uno de ellos actúe como representante del menor, acompañado de las copias simples de sus identificaciones oficiales vigentes cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del catálogo de servicios y trámites (original).
  • Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del referido catálogo, del (los) padre(s) o tutor(es) que funja(n) como representante(s) del menor (original para cotejo).
  • Constancia de percepciones y retenciones, o las facturas de nómina  en el caso de personas físicas que presten servicios personales subordinados (copia simple).
  • Acta constitutiva, tratándose de personas morales (copia simple y original para cotejo).
  • Que el estado del domicilio fiscal y del contribuyente sea distinto a no localizado.
  • Que el contribuyente se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, acreditándolo con la opinión de cumplimiento positiva.
  • Que la denominación o razón social y la clave en el RFC del contribuyente, no se encuentre en la publicación que hace el SAT en su portal, de los listados de contribuyentes: con créditos fiscales firmes, no pagados o garantizados, no localizados, con sentencia por delitos fiscales, créditos fiscales cancelados por incosteables o falta de solvencia económica o por condonación de créditos fiscales.
  • Que el contribuyente no se encuentre en el listado de contribuyentes que realizan operaciones inexistentes que da a conocer el SAT. 
Para la entrega de la forma oficial 36 con la certificación de la autoridad, debes acudir a la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) en la que inició el trámite con una identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) ​del apartado de definiciones del catálogo​, del solicitante o del padre o tutor que funja como representante legal del menor o resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela.  
 
Condiciones
Haber presentado la declaración anual del ejercicio inmediato anterior, en el caso de que la persona que solicita la constancia hubiere estado obligada conforme al régimen establecido en la ley del Impuesto sobre la Renta.
 
Información adicional
La constancia se puede expedir por tiempo indefinido o bien por periodos transcurridos, cuando el solicitante opte por señalar el plazo específico.
 
Compromisos de servicio
  • Duración máxima: 40 minutos por trámite.
  • Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT que te corresponda.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y guarda la forma oficial sellada, como acuse de recibo.
  4. Regresa nuevamente a la oficina del SAT a la que acudiste para recibir tu constancia de residencia.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 9 del Código Fiscal de la Federación; 4 de la Ley de Impuesto sobre la Renta; regla 2.1.3., de la Resolución Miscelánea Fiscal.​​
Última modificación:
17 de mayo de 2018 a las 15:15
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