SAT > Información fiscal > Catálogo de trámites > Avisos en el RFC > Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados.
   Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                     
Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados.
Quiénes lo presentan
Persona física o moral en su carácter de empleador o patrón.
 
Dónde se presenta
En éste Portal.
 
Qué documentos se obtienen
Acuse de recepción del caso de servicio de solicitud con sello digital, que contiene la fecha de presentación y el número de folio del servicio o solicitud.
  
Cuándo se presenta
Como patrón, cuando requieras presentar dichos avisos por cuenta de tus trabajadores.
 
Requisitos
A través del servicio o solicitud identificado con el trámite REANUDACIÓN ASALARIADO O SUSPENSIÓN ASALARIADOS, adjuntar archivo mismo que debe contener siete campos delimitados por pipes “|”, de conformidad con lo siguiente: 
  1. Sin tabulaciones.
  2. Únicamente mayúsculas.
  3. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII), sin importar el nombre de dicho archivo.
  • Primera columna.- Clave en el RFC del asalariado a 13 posiciones.
  • Segunda columna.- Clave CURP a 18 posiciones del asalariado.
  • Tercera columna.- Primer apellido del asalariado.
  • Cuarta columna.- Segundo apellido del asalariado (no obligatorio).
  • Quinta columna.- Nombre(s) del asalariado.
  • Sexta columna.- Fecha de suspensión o reanudación del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA.
  • Séptima columna.- Marca del indicador de la suspensión o reanudación del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (únicamente pueden ser los valores 1 o 2):
  1. Suspensión de asalariados.
  2. Reanudación de asalariados.
  • Octava columna.- Clave de RFC del patrón a 12 o 13 posiciones, según corresponda persona moral o persona física.
  • Novena columna.- Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 o 6):
  1. Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
  2. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
  3. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
  4. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
  5. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a 400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.).
  6. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100M.N.). 
Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la cuarta columna.
 
Condiciones
  • Ser empleador o patrón.
  • Contar con contraseña o e.firma vigente.​
 
Información adicional
No aplica. 
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.

Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de Iniciar Sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones Servicios por Internet: Servicio o solicitudes: Solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aviso, eligiendo el trámite: REANUDACIÓN ASALARIADO o SUSPENSIÓN ASALARIADO.
  4. Anexa el archivo en formato .txt con la información de sus asalariados.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 27, quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación; 30 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
Última modificación:
29 de enero de 2018 a las 12:41
Trámites e-firma Contraseña Citas Chat Facebook Twitter YouTube Apps