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Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones.
Quiénes lo presentan
  • Personas morales residentes en el extranjero que dejen de realizar operaciones en México o cierren sus establecimientos permanentes.
  • Personas morales no obligadas a presentar los avisos de cancelación en el RFC por liquidación, fusión o escisión de sociedades.
  • Fideicomisos que se extingan.
  • Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles que cambien de residencia fiscal.
 
Dónde se presenta
En una oficina del SAT, previa cita registrada en éste portal, SAT Móvil o portal GOB.MX.
 
Qué documentos se obtienen
  • Forma Oficial RX, formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes, sellada como acuse de recibo.
  • Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, que contiene número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, sello digital y código de barras bidimensional (QR).
     
Cuándo se presenta
  • Dentro del mes siguiente a aquél en el que se haya presentado la última declaración a que se esté obligado.
  • Tratándose de cambio de residencia fiscal, se presentará dentro de los dos meses anteriores al día en que realice el cambio.
 
Requisitos
  • Forma oficial RX, formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes (en dos tantos), o bien, puedes utilizar la versión editable.
  • Documento notarial en donde conste el cese total de operaciones (copia simple y copia certificada para cotejo).
  • Identificación oficial vigente del representante legal, cualquiera de las señaladas en el inciso A) del apartado de definiciones del Catálogo de Servicios y Trámites (original).
  • Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder en original firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público (original y copia simple para cotejo).
  • Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia simple y copia certificada para cotejo).
  • Para los contribuyentes que son sujetos obligados por realizar actividades vulnerables de conformidad con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con recursos de Procedencia Ilícita, y su reglamento; deben presentar el acuse de su baja del padrón de actividades vulnerables.
 
Condiciones
  • Haber presentado la última declaración a la que se hubiera estado obligado antes de la cancelación.
  • Contar con opinión de cumplimiento positiva de la persona moral a cancelar, al momento de la presentación del trámite.
  • La persona moral no debe estar sujeta al ejercicio de facultades de comprobación, ni tener créditos fiscales firmes.
 
Información adicional 
Requisitos adicionales para quienes se encuentran en los siguientes casos: 
 
Compromisos de servicio
  • Duración máxima: 40 minutos por trámite.
  • Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
  • Entrega inmediata de productos del aviso de actualización.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y guarda tu Aviso de actualización o modificación de situación fiscal, Acuse de actualización al RFC y forma oficial sellada.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 29, 30 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; 82, 82-Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 2.5.1., 2.5.16., 3.10.22 de la Resolución Miscelánea Fiscal. 
Última modificación:
30 de enero de 2018 a las 09:36
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