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Requisitos de la Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de factura.
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Requisitos de la Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de factura.
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Presentar el formato electrónico publicado al efecto en éste Portal, así como los documentos indicados en las fracciones restantes de esta ficha, dicho formato electrónico debe ser firmado con la e.firma de la persona moral solicitante.
Las personas morales que tributen en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deben anexar documentos digitalizados de su acta constitutiva y de copias firmadas por el secretario del consejo de administración o el administrador único, correspondientes al Libro de Registro de Acciones Nominativas y al Libro de Variaciones de Capital en su caso, que las personas morales se encuentran obligadas a llevar conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, con los cuales acredite tener un capital social suscrito y pagado de por lo menos $10’000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N.)
Anexar archivos digitalizados:
a)
Oficio vigente emitido por la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI), con el cual acredite contar con la capacidad tecnológica y de infraestructura que le permita certificar las facturas y demás requisitos técnicos que prevén las disposiciones fiscales.
b)
Requerimientos funcionales servicios generales y niveles de servicio mínimos y la Carta compromiso de confidencialidad, reserva y resguardo de información y datos, debidamente firmados por el representante legal, apoderado o representante orgánico de la persona moral, dichos documentos electrónicos se encuentran publicados en éste Portal.
c)
Documentos con los que se acredite la personalidad del representante o apoderado legal y su identidad (identificación oficial
vigente de las señaladas en
el inciso A) del apartado de definiciones
del Catálogo de Servicios y Trámites
).
En caso de que se dude de la autenticidad de la documentación presentada, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que, en un plazo de 10 días hábiles, presente
escrito dirigido a la Administración Central de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos
ante la oficialía de partes de la Administración General de Servicios al Contribuyente, ubicada en Avenida Hidalgo 77, módulo 4, segundo piso, col. Guerrero, c.p. 06300, Ciudad de México, o bien, mediante correo certificado el original o copia certificada del documento cuya autenticidad esté en duda.
Última modificación:
06 de febrero de 2018 a las 11:02