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Solicitud de logotipo oficial para proveedores de certificación de factura.
Quiénes lo presentan
Los proveedores de certificación de factura electrónica.
 
Dónde se presenta
En éste Portal.
 
Qué documento se obtiene
  • Acuse de recibo.
  • Posteriormente: El logotipo oficial y el certificado del sitio de Internet.
 
Cuándo se presenta
Por única ocasión en los meses de enero y febrero de 2017.
 
Requisitos
  • Documento en archivo digitalizado en el cual se solicite el logotipo oficial que acredita la autorización para operar como proveedor de certificación de factura, en dicho documento además deberá manifestar: Que cumplirá con las formalidades y especificaciones de la implementación y aplicación del logotipo oficial.
  • Requerimientos funcionales servicios generales y niveles de servicio mínimos, así como los “Lineamientos de uso” del logotipo oficial, debidamente firmados por el representante legal, apoderado o representante orgánico de la persona moral, dichos documentos electrónicos se encuentran publicados en éste portal.
 
Condiciones
  • Haber obtenido autorización para operar como proveedor de certificación de factura antes de enero de 2017.
  • Contar con contraseña.
 
Información adicional:
En la respuesta a su solicitud se especificará el procedimiento para la entrega del logotipo oficial.
 
Compromisos del servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Entrega inmediata del acuse con número de folio asignado a su solicitud.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en "Mi Portal", seguido de Iniciar Sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones Servicio por Internet: Servicios o Solicitudes: Solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Avisos, indicando el trámite a realizar.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneado(s).
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Recibe respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 29, fracción IV, segundo al quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.7.2.1., 2.7.2.8. de la Resolución Miscelánea Fiscal. 
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:10
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