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Informe que debe presentarse para gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16 de la Ley de ingresos de la Federación.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales que adquieran diésel marino especial para su consumo final y que sea utilizado exclusivamente como combustible en embarcaciones destinadas al desarrollo de las actividades propias de la marina mercante.
 
Dónde lo presento
  • A través de Buzón Tributario.

Mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, ante una oficina del SAT, conforme lo previsto por la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Este trámite estará disponible en Buzón Tributario, en tanto se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información dentro de ese canal. Consulta
aq el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
Dentro de los 5 días posteriores a la presentación de las declaraciones provisionales o del ejercicio del impuesto sobre la renta (ISR) o definitivas tratándose del impuesto al valor agregado (IVA).
 
Requisitos
Archivo electrónico con la siguiente información:
  • Manifestación de estar en el Registro Público Marítimo Nacional como empresa naviera.
  • Despacho(s) expedido por la capitanía de puesto respectiva a las embarcaciones de su propiedad o bajo su legítima posesión en las que haya utilizado el diésel marino especial, en el que deberá constar el puerto y fecha de arribo.
  • Tratándose de embarcaciones que solo realizan navegación interior, se deberá presentar copia simple del informe mensual rendido a la capitanía de puerto sobre el número de viajes realizados.
  • Manifestar el número de la inscripción del contribuyente en el registro público marítimo nacional, así como la siguiente información de cada una de sus embarcaciones:
  • Nombre.
  • Matricula.
  • Eslora y tonelaje de registro bruto de cada una.
  • Capacidad de carga de combustible.
  • Cálculo promedio de su consumo de combustible en millas náuticas por galón.
  • Facturas expedidas a favor del contribuyente por la adquisición del diésel marino especial correspondiente al período que abarque la declaración provisional, definitiva o del ejercicio, en el que se aplicó el estimulo. 
Condiciones
Contar con e.firma vigente.
 
Información adicional
Los documentos mencionados, deberán contener el sello y la firma originales de la autoridad marítima que los expide.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente. 
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del Inicio de Sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.

Disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:11
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