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Informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales obligadas a presentar la declaración antes mencionada.
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.

Mediante escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal, ante una oficina del SAT, conforme lo previsto por la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Este trámite estará disponible en Buzón Tributario, en tanto se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información dentro de ese canal. Consulta
aq el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
A más tardar el 30 de abril de cada año.
 
Requisitos
Archivo electrónico con manifestación de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel por el que se pagó el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y por los que se realizará el acreditamiento, así como la descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible.
 
Condiciones
Contar con e.firma vigente.
 
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  •  Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera su respuesta a través del correo electrónico que registraste para contactarte.

Disposiciones jurídicas aplicables

Artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:11
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