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Solicitud de devolución de saldos a favor de IVA para los contribuyentes que producen y distribuyen productos destinados a la alimentación.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales que deseen solicitar devolución del saldo a favor del impuesto al valor agregado para los contribuyentes que producen y/o distribuyen productos destinados a la alimentación.
 
Dónde se presenta
En éste Portal.
 
Cuándo se presenta
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el primer saldo a favor.

Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Requisitos
A la solicitud de devolución se adjuntará en archivo digitalizado la información que a continuación se describe:
  • Relación de todos los productos destinados a la alimentación que produce y/o distribuye, sujetos a la tasa del 0% que represente el 90% de su valor de actos y actividades, del período por el que se solicita la devolución.
  • Descripción del proceso de producción y/o distribución de los productos destinados a la alimentación de que se trate.
  • Relación de clientes a quienes enajena y/o distribuye sus productos, que representen más del 70% de su valor de actos y actividades.
  • Escrito en el que describa el proceso de producción y/o distribución, destacando el número de personas que intervienen en dicho proceso.
  • Relación de activos que utiliza en la producción y/o distribución de productos destinados a la alimentación, incluyendo bodegas, almacenes, depósitos, etc.
 
Tratándose de contribuyentes que produzcan productos destinados a la alimentación, además de los requisitos generales, deberán cumplir con lo siguiente:
  • Licencia Sanitaria (o Registro sanitario) que reconozca como empresa dedicada a la elaboración de productos destinados a la alimentación, expedida por la Secretaría de Salud o la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios COFEPRIS (o) también de los productos que elabora).
  • Indicar si el producto que elabora es objeto de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, conforme al artículo 2, fracción I, inciso J).
  • Indicar las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que le apliquen conforme a las características del producto que elabora.
  • En su caso, por las características del producto, la autorización sanitaria previa de importación.
 
Tratándose de contribuyentes que distribuyan productos destinados a la alimentación, además de los requisitos generales, deberán cumplir con lo siguiente:
  • Contratos celebrados con sus clientes para la distribución de alimentos.
  • Contratos celebrados con los proveedores de alimentos.
 
Condiciones
  • Contar la opinión positiva de cumplimento de sus obligaciones fiscales.
  • Contar con e.firma, e.firma portable o contraseña.
 
Información adicional
La información y documentación correspondiente, se presentará por única vez con la primera solicitud de devolución que se realice en los términos de la regla 2.3.14. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de Iniciar Sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aviso, indicando el trámite a realizar.
  4. En su caso, ingresa en la pestaña de Notas el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite  escaneados.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.

Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, reglas 2.3.4., 2.3.14. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:03
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