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Solicitud de devolución de Impuesto al Valor Agregado en periodo preoperativo.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales que estando en periodo preoperativo opten por solicitar la devolución del IVA trasladado o pagado en la importación que corresponda a las actividades por las que vaya a estar obligado al pago del impuesto a la tasa general o, a las que se vaya a aplicar la tasa del 0%.
 
Dónde se presenta
En éste Portal.
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
En el mes siguiente a aquel en que se realicen los gastos e inversiones en periodo preoperativo.
 
Requisitos:
A efecto de cumplir con lo establecido en los numerales 1, 2, 3 y 4, del inciso b), de la fracción VI, del artículo 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se adjuntará a la solicitud de devolución, la documentación e información que a continuación se describe, en archivo digitalizado:
  1. Identificación oficial del contribuyente o del representante legal.
  2. En caso de representación legal, el poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público.
  3. Registro contable y documentación soporte de las pólizas relacionadas con los gastos e inversiones.
  4. La documentación que acredite la legal propiedad, posesión o tenencia de los bienes que constituyen la inversión, incluyendo, en su caso, las fotografías de las mismas, así como los comprobantes de pago y transferencias de las erogaciones por la prestación de servicios y por la adquisición de los bienes.
  5. En su caso, exhibir los acuses de recibo de los avisos que correspondan conforme al artículo 17 de la Ley Federal de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
  6. Escrito libre firmado por el contribuyente o su representante legal en el que se señale bajo protesta de decir verdad el tiempo que habrá de durar el periodo preoperativo de que se trate, informando y soportando lo conducente conforme al prospecto o proyecto de inversión correspondiente, así como las razones que justifiquen el inicio de la realización de actividades cuando su duración se estime será de más de un año, precisando además que la documentación e información que proporciona es veraz.
  7. Proyecto de inversión firmado por el contribuyente o su representante legal, que contenga la siguiente información y documentación:
a)  Tratándose de personas morales, en su caso, el acta de asamblea o consejo de administración donde se haya protocolizado la autorización o visto bueno de los socios o accionistas respecto de los gastos y la inversión a realizar;
 
b)  Descripción general del proyecto, precisando el destino final que se le dará a dichas inversiones, así como los motivos de su estricta indispensabilidad para los fines del impuesto sobre la renta en relación con los actos o actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del impuesto al valor agregado, señalando en qué consistirán los bienes o servicios o uso o goce temporal de bienes resultado de los gastos e inversión, así como la fecha en que se iniciará la realización de dichos actos o actividades;
 
c)  Estimación del monto total de los gastos e inversiones que se deban realizar desde el inicio hasta la conclusión del proyecto de inversión, los servicios que se requieren y el desglose de pagos por terrenos, construcción, equipo instalado y capital de explotación en cada una de sus etapas, detallando el porcentaje de avance de cada una de ellas, así como los tiempos, movimientos o fases para su desarrollo (calendario de inversión), precisando el tipo de ingresos que se generarán con los gastos o la inversión y su fecha probable de obtención;
 
d)  Papeles de trabajo y registros contables donde se identifique la captación del financiamiento, las actas protocolizadas de aportación de capital y, en su caso, el estado de cuenta bancario del solicitante en donde se identifique el financiamiento o la procedencia de dichos recursos, incluyendo el estado de cuenta correspondiente a los socios y accionistas en el caso de aportación a capital;
 
e)  Planos de los lugares físicos en que se desarrollará el proyecto, y, en su caso, la proyección fotográfica o similar de cómo quedará el proyecto en su conclusión;
 
f)  Nombre, denominación o razón social y RFC de los proveedores de bienes y/o servicios involucrados con el proyecto que generen al menos el 70% del impuesto al valor agregado acreditable relacionado con la devolución, señalando la estimación de su recurrencia en el transcurso del tiempo que dure la realización de la inversión (exhibir los contratos correspondientes y comprobantes si ya se realizó la adquisición de bienes o se prestó el servicio);
 
g) Tratándose de inversiones en construcciones, deberá presentarse el aviso de obra o registro patronal, otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social;
 
h)  Tratándose de la adquisición de inmuebles, se presentarán los títulos de propiedad de los inmuebles, plantas o bodegas, en los que conste la inscripción en el registro público de la propiedad o el aviso correspondiente o, en su caso, el contrato de arrendamiento o concesión del inmueble donde se llevará a cabo la inversión o del documento donde conste la modalidad jurídica que corresponda.
8.   Papeles de trabajo en los que se identifique la forma en que se calculó la estimación de la proporción que representará el valor de las actividades objeto de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, respecto del total de las actividades que se van a realizar.
Condiciones
No aplica.
 
Información adicional
  • La información y documentación correspondiente, se presentará con la primera solicitud de devolución.
  • En caso de que durante el periodo preoperativo se modifique el proyecto de inversión en más de un 10% del total de la estimación, deberá informar en la solicitud de devolución inmediata posterior que se presente a la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal o a la Administración General de Grandes Contribuyentes, según se trate, debiendo entregar la información actualizada conforme a la modificación del proyecto inicial.
  • Asimismo, en caso de que exista variación en la proyección del tiempo que durará el período preoperativo, se deberá informar en la solicitud de devolución inmediata posterior que se presente a las autoridades antes citadas, las causas que propiciaron la variación, debiendo acreditarse con la documentación que se considere necesaria.
 
Compromisos del servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y de la barra superior elige la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma y activa el botón enviar.
  3. Posteriormente ingresa al apartado de trámites, seguido de devoluciones y compensaciones, elige Solicitud de Devolución.
  4. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico.
  5. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  6. Envía tu trámite al SAT y recibe tu acuse electrónico.
  7. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 22 del Código Fiscal de la Federación; 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; regla 2.3.18. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:03
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