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Solicitud de Devolución de saldos a favor, grandes contribuyentes o hidrocarburos.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales, residentes en el extranjero, Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales.
 
Dónde se presenta
  • En éste Portal.
  • Tratándose de solicitudes de devolución de Resolución o Sentencia, Misiones Diplomáticas, Organismos Internacionales y Extranjeros sin Establecimiento Permanente, que no cuenten con clave del RFC, directamente en las ventanillas de la Administración General de Grandes Contribuyentes (AGGC), ubicada en Avenida Hidalgo, número 77, módulo 3 planta baja, colonia Guerrero, delegación Cuauhtémoc, c.p. 06300, Ciudad de México, o en las ventanillas de la Administración General de Hidrocarburos (GH), ubicada en Valerio Trujano, número 15, módulo 8 planta baja, colonia Guerrero, delegación Cuauhtémoc, c.p. 06300, Ciudad de México, conforme a los sujetos de su competencia, según corresponda.  
 
Qué documentos se obtienen
  • Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
  •  Forma oficial 32 sellada, como acuse de recibo.  
 
Cuándo se presenta
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado el saldo a favor, considerando la fecha de presentación de la obligación correspondiente.
 
Requisitos
 
Condiciones
No aplica.
 
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos del Servicio
Buzón tributario:
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Atención Presencial:
  • Duración máxima: 40 minutos por trámite.
  • Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
  • Horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 horas. 
 
Pasos para realizar el trámite
Buzón Tributario:
  1. Ingresa a la sección trámites y de la barra superior elige la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma y activa el botón enviar.
  3. Posteriormente ingresa al apartado de trámites, seguido de devoluciones y compensaciones, elige Solicitud de Devolución.
  4. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico.
  5. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  6. Envía tu trámite al SAT y recibe tu acuse electrónico.
  7. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Atención Presencial:
  1. Acude con la documentación del trámite a la AGGC o a la AGH, según sea el caso.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y conserva la forma oficial certificada, como acuse de recibo.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 22, 22-A del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.3.2., 2.3.8., 2.3.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
18 de enero de 2018 a las 16:31
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