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Residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México
  • Documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales (Original o copia simple).
 
  • Las personas morales residentes en el extranjero deben proporcionar además su número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país.
 
  • Su documento constitutivo debidamente apostillado o certificado, según proceda. Cuando el documento constitutivo conste en idioma distinto del español deberá presentarse una traducción autorizada.
Última modificación:
05 de octubre de 2016 a las 12:41
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